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REDACCIÓN
Domingo, 30 de diciembre 2007, 01:18
Los parlamentarios cántabros con dedicación absoluta que cesen en dicha actividad percibirán a partir de ahora una compensación económica por los servicios prestados. Así lo aprobó el pasado día 14 de diciembre la Comisión de Gobierno del Parlamento en la que se integran todos los partidos. La decisión tiene, además, carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2007, por lo que todos los diputados que dejaron su cargo al concluir la legislatura y, o no concurrieron a los comicios, o no resultaron electos tendrán derecho a esas indemnizaciones.
La decisión adoptada por el máximo órgano del gobierno del Parlamento, que ya ha sido comunicada a todos los diputados, determina el «derecho a indemnización» para todos aquellos parlamentarios que al menos hayan ocupado ese cargo durante dos años. La compensación económica, con cargo al Presupuesto de la Cámara, será equivalente a una mensualidad por cada año de mandato parlamentario, hasta un máximo de 24 mensualidades. La cuantía será la misma que viniera percibiendo, en todos sus conceptos, el diputado cesante. El «sueldo» se cobrará mensualmente y al mismo no tendrán derecho los herederos en caso de fallecimiento del perceptor.
El acuerdo de la Comisión de Gobierno -con el visto de la Junta de Portavoces y que por el momento no se ha hecho público- también establece un régimen de ayudas para los ex parlamentarios. En el artículo 5 de la resolución se determina que aquel ex parlamentario que haya cumplido los 55 años en el momento de su cese o los cumpla en el año que en que se disuelva la Cámara, haya ostentado la condición de diputado al menos durante once años, y carezca de una actividad profesional o laboral permanente por cuenta propia o ajena, tendrá derecho a que el Parlamento «le mantenga en situación de alta en la Seguridad Social hasta que complete el período de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación».
Sueldos y precariedad
El régimen de ayudas también establece una salvaguarda para aquellos ex diputados que tras recibir la indemnización puedan quedar en una situación de «precariedad probada». Así, el artículo 6 del acuerdo dice textualmente que «una vez concluido el derecho a percibir indemnización por cese de la actividad que se regula en el capítulo primero, en caso de carencia de ingresos o de patrimonio suficientemente probada, el ex parlamentario al que el Parlamento mantenga en situación de alta en la Seguridad Social tendrá, además, derecho a percibir una ayuda equivalente al sesenta por ciento de asignación reglamentaria que viniera percibiendo». Ese «sueldo» se percibirá hasta que «complete el período de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación». Lógicamente, la citada percepción económica decaerá cuando desaparezcan las circunstancias de carencia económica que la originaron.
También se han incluido otras posibles ayudas económicas para los ex diputados regionales que se encuentren en «situación de evidente precariedad» y también, en su caso, para «sus cónyuges viudos o sus hijos menores de 25 años». Todos ellos podrán solicitar a la Mesa del Parlamento «una ayuda económica que complemente sus ingresos». La misma tendrá un carácter «graciable» y su cuantía será establecida por la Mesa.
Excepciones
El derecho a indemnizaciones para los ex diputados tiene excepciones. Será necesario que hayan ejercido el cargo durante al menos dos años.
Tampoco podrán percibir esa compensación los ex parlamentarios que sigan perteneciendo a otra Cámara parlamentaria, quienes tengan reconocido el derecho a indemnización por parte de otra Cámara de la que hayan sido miembros y los ex parlamentarios que desempeñen cargos públicos electos o políticos de libre designación con retribución salarial o tengan reconocido un derecho a indemnización por esos cargos. Mientras dure la indemnización por cese de la actividad no se podrán percibir ningún otro tipo de prestación social complementaria con cargo al presupuesto del Parlamento.
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