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LUIS PABLO CORRAL COLLANTES
Lunes, 18 de febrero 2008, 01:49
"Lo que la Universidad no da, el Ministro de Sanidad no puede prestar"
Durante los últimos meses se ha vertido una gran cantidad de información y se han llenado páginas completas en la prensa sobre el tema de la prescripción enfermera, y siempre, con distintas posturas; unas más afortunadas que otras.
El término 'prescripción enfermera', interpretado en ocasiones de manera malintencionada puede dar lugar a confusión, error e incluso a desesperanza por parte del paciente al no llegar a conocer de forma clara y concisa aquello que el señor ministro de Sanidad, que sin saber, a qué intereses responde, está a punto de desarrollar. Como siempre, en esta sociedad en la que vivimos, es el 'pobre paciente' (aquel del que hablamos como 'eje y centro de nuestro sistema sanitario') el que paga el pato, y a la hora de la verdad, los caprichos y aspiraciones absurdas de unos y otros. Al menos, por parte de los profesionales médicos quisiera dejar claro que nuestra consideración hacia ellos, es y será la primera prioridad dentro de nuestra actividad diaria, en fin
Quisiera dejar claro que la prescripción forma parte indivisible del acto médico. Es un acto reflexivo que se alcanza como resultado de un complejo proceso denominado diagnóstico, cuyo aprendizaje solo se va adquiriendo en la licenciatura de Medicina y durante la actividad formativa postgraduada.
Para prescribir un tratamiento a cualquier paciente, dirigido a resolver un problema de salud, es necesario conocer las indicaciones del mismo, hacerlo sobre un diagnóstico lo más preciso posible, en un paciente, del que tras realizar su historia clínica, preguntando y escuchando sus síntomas, objetivando los signos de la enfermedad en la exploración y, en ocasiones, con la petición de las pruebas complementarias necesarias, se emite un diagnóstico que va a requerir o no una prescripción.
A partir de aquí esa prescripción de un medicamento puede curar o aliviar si todo lo que anterior se ha realizado y analizado de forma correcta e incluso, puede tener graves complicaciones, llegando a la muerte, si no se ha realizado con suficientes conocimientos. Todo ello sin olvidar la asunción de responsabilidades que ello conlleva.
La correspondencia entre el título oficial y el ejercicio profesional, aparece como normativa en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), en la que con claridad se especifica que la actividad de diagnóstico, en correlación con el título universitario, sólo corresponde a los médicos y a los odontólogos. La Ley reconoce y dice textualmente que «corresponde a los Licenciados en Medicina la indicación y realización de las actividades dirigidas a la promoción y mantenimiento de la salud, a la prevención de las enfermedades y al diagnóstico, tratamiento, terapéutica y rehabilitación de los pacientes, así como al enjuiciamiento y pronóstico de los procesos objeto de atención».
Por otro lado, la actual Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (la llamada Ley del Medicamento), es una 'Ley de Garantías' y todo el mundo ha de saber que esto no es cualquier cosa.
Una 'Garantía' es un tipo de contrato o compromiso jurídico mediante el cual se pretende dotar de una mayor seguridad el cumplimiento de una obligación. En nuestro caso, es deber y derecho, esto es obligación profesional y deontológico, el garantizar que quien prescribe sea responsable y competente ante el receptor de la mencionada prescripción, el ciudadano o paciente.
Dicha Ley, en su titulo IV, dice textualmente que: «es destacable la previsión que contiene la ley, que atribuye al médico u odontólogo, en exclusiva, la facultad de prescribir medicamentos tendente a erradicar prácticas no deseables».
El desarrollo propuesto en la Orden posterior a dicha Ley, ni mejora ni responde a las necesidades y demandas de los ciudadanos, entonces: ¿De dónde surge esa necesidad? ¿Dónde están los ciudadanos y pacientes reclamando esas prácticas? Si nadie la pide ni la ha solicitado, o ¿A qué responde?
Como representante de esta institución colegial, entre cuyas funciones, se encuentra la realización de actividades dirigidas a la promoción de la salud me veo en la obligación de enviar un mensaje, más bien un aviso a los pacientes y a la ciudadanía en general. Quisiera dar a conocer a la población que:
1.- El Ministerio de Sanidad y Consumo ha anunciado la posibilidad de permitir que la prescripción, que tiene que ir ligada al correspondiente diagnóstico previo de cierto tipo de procesos, sea realizada por profesionales sanitarios distintos a médicos y odontólogos.
2.- Esta prescripción, sin el conocimiento diagnóstico, que sólo la formación en Facultades de Medicina, con la posterior especialización y práctica clínica permiten, puede acarrear a los ciudadanos dos tipos de riesgo con evidentes consecuencias para su salud:
Por un lado, confundir el diagnóstico, catalogando como leve unos síntomas que pueden corresponder a una enfermedad grave y por otro, cometer errores en la prescripción, bien sea porque no se indique lo ajustado a la enfermedad que corresponda o porque existan efectos adversos o interacciones con otros medicamentos que esté tomando el paciente.
Asimismo, como consecuencia de todo ello, se pone en riesgo la salud de los ciudadanos, se disminuye la calidad de la asistencia sanitaria y se rompe la equidad del sistema sanitario, puesto que se abre la puerta para que el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de muchos ciudadanos esté en manos de otros profesionales (no médicos) sin la capacidad y preparación necesaria.
Aún, con todo esto, los médicos seguiremos trabajando mirando hacia delante con el fin de, día a día, lograr una mejor atención a nuestros pacientes y por ende lograr una mejor salud de la población, es nuestra labor. Como siempre, en esta sociedad en la que vivimos, es el 'pobre paciente' (aquel del que hablamos como 'eje y centro de nuestro sistema sanitario') el que paga el pato, y a la hora de la verdad, los caprichos y aspiraciones absurdas de unos y otros
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