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EFE |
Lunes, 19 de mayo 2008, 15:47
El TSJC ha hecho público hoy el auto por el que su Sala de lo Civil y Penal declara a Javier del Olmo imputado en dos delitos de obstrucción a la Justicia en concurso con otro de prevaricación, por el despido del director del Departamento de Administración y Finanzas de la Autoridad Portuaria, José Manuel Río Oyarbide.
El instructor del procedimiento, el magistrado Juan Piqueras, considera que existen indicios racionales de que Javier del Olmo despidió a Río Oyarbide "por haber declarado, como testigo, en el juicio seguido ante un Juzgado de lo Social contra la Autoridad Portuaria de Santander", en un pleito en el que otro empleado del puerto, Antonio Martínez Sánchez, solicitaba que se le reconociera como responsable de la Policía Portuaria.
También estima que existen indicios que de que, tras ese juicio, el entonces presidente del puerto modificó las condiciones laborales de Martínez Sánchez, "empeorándolas", en lo que se refiere a uniforme, vehículo, despacho y turnos de trabajo.
El magistrado instructor entiende que, en ambos casos, la conducta de Javier del Olmo podría ser constitutiva "de un delito de obstrucción a la Justicia por represalias, previsto y penado en el artículo 464.2 del Código Penal".
Considera asimismo que el consejero pudo haber cometido además un delito de prevaricación en el caso del despido de Río Oyarbide, porque el consejo de administración de la Autoridad Portuaria no había delegado en el presidente del puerto las facultades precisas para despedir al personal directivo, como era el caso.
En lo que atañe a la jurisdicción laboral, el despido de José Manuel Río Oyarbide ya fue examinado por la Sala de lo Social del TSJC, que lo declaró nulo tras considerar probado que ese directivo del puerto había perdido su puesto "en represalia" por haber declarado en un juicio, lo que constituía una vulneración de sus derechos constitucionales
El magistrado que instruye el procedimiento penal abierto por esos mismos hechos ha dado diez días de plazo a la Fiscalía, a la acusación particular que ejercen Río Oyarbide y Martínez Sánchez y a la defensa del consejero para que soliciten la apertura de juicio oral o pidan el sobreseimiento de la causa.
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