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Sábado, 7 de junio 2008, 04:00
Señor director:
Don David Ruiz Camus, con DNI 13.474.164M copropietario de la finca denominada Sierra Llata en la costa de Cueto, respetuosamente me dirijo a Vd al aparecer una fotografía de la entrada de dicha finca el día 6 de mayo en su periódico (Sección fotos denuncia) en la que un señor llamado José Luis indica que los caminos de servidumbre son de uso público.
Sólo quiero aclarar a dicho señor que según el Registro de la Propiedad desde el año 1903 y más reciente la sentencia firme de la Sección Primera de la Audiencia de Cantabria de 24 de febrero de 2000, se reconoce que los caminos que discurren por dicha finca son de uso privado y sin ningún tipo de servidumbre por lo que creo que puedo acotarlos como estime conveniente a su uso agrícola- ganadero.
Otra cuestión es la aprobación del deslinde de los bienes de Dominio Público Marítimo Terrestre, notificada el 28 de marzo de 2008, en que se impone una servidumbre de tránsito de 6 metros, «pero» desde la coronación de los acantilados sensiblemente verticales, como se recoge en dicha resolución. Deslinde con el que estoy plenamente de acuerdo y sólo indicar que una servidumbre es una limitación de la propiedad, pero no la pérdida de ésta, o sea que la titularidad de la servidumbre de tránsito sigue siendo privada.
Si tiene alguna duda, dicho señor José Luis, sólo me queda remitirle a los funcionarios de la Demarcación de Costas y del Gobierno de Cantabria que en sus respectivas competencias marítimas y terrestres, se las aclararán amablemente, como ha sido siempre su trato.
Un saludo.
David Ruiz Camus
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