

Secciones
Servicios
Destacamos
C. DE LA PEÑA
Viernes, 30 de enero 2009, 08:13
Tan sólo dos horas y media de debate bastaron para que el jurado popular concluyera que el casero ramón G. A. ,que confesó haber estrangulado a su inquilina porque le hacía la vida imposible, es inocente. Es la primera vez en Cantabria, y probablemente en España, que un tribunal lego absuelve a un procesado que se ha confesado autor de un crimen.
Nada más conocerse el veredicto de no culpabilidad, el procesado, que se encontraba en prisión desde el 7 de julio de 2007, quedó en libertad sin cargos. Los dos policías que minutos antes le llevaron esposado ante el tribunal le liberaron y le acompañaron después, ya libre, hasta la prisión provincial para recoger sus pertenencias.
Ocho de los nueve miembros del tribunal de legos han considerado que Ramón no tuvo intención de matar a Rebeca Crespo Vega, la mujer de 35 años a la que tenía alquilada una habitación en su vivienda de la calle Peñas Redondas, de Santander. Sostienen los jurados que el procesado «no era dueño de sus actos en el momento del hecho», ya que sus facultades mentales estaban «alteradas» cuando estranguló a la mujer debido a la «conducta conflictiva» de esta última, «manifestada varias veces a Ramón por vecinos del inmueble».
Los jurados han acogido así íntegramente la tesis de la defensa, que ha dirigido la abogada Carmen Sánchez, basada en el propio testimonio del procesado. Ramón admitió que en la madrugada del 2 de julio de 2007, cuando regresaba de su jornada de trabajo como guarda de seguridad estranguló a su inquilina después de pasar un auténtico calvario con ella. En su descargo relató que encontraba profundamente alterado ya que llevaba casi tres meses «durmiendo mal» por las fiestas que aquella organizaba en la vivienda y las amenazas de muerte que recibió de la mujer y sus amigos.
Para la abogada, cuando mató a la inquilina sufrió un trastorno mental transitorio que le impedía el control de sus actos, anulando totalmente su voluntad y capacidad para entender lo que hacía.
Esta es la tesis que los jurados han creído. El tribunal popular podía haber optado por una solución intermedia, y haber considerado que la alteración sufrida por el procesado era parcial, y no total, lo que hubiera atenuado la pena, pero no llevado a la absolución del acusado.
Los jurados han declarado probado que la víctima se encontraba durmiendo en el sofá de casa cuando Ramón llegó al piso. El casero fue a su habitación, pero no consiguió conciliar el sueño. En un momento dado de la madrugada, ante la imposibilidad de dormir, Ramón se levantó, se encaminó hacia el sofá y agarró del cuello a Rebeca, iniciándose un forcejeo entre ambos. Durante la lucha, el casero cogió un martillo con el que golpeó a la víctima. Después siguió presionando su cuello hasta que murió estrangulada.
Sin embargo, el tribunal cree que Ramón no quiso matar a Rebeca; que «no era dueño de sus actos en el momento del hecho, al encontrarse afectado por una alteración de sus facultades mentales provocada por causas relacionadas con la conducta conflictiva de Rebeca».
Un trastorno que, sin embargo, no le impidió envolver el cuerpo de la víctima en una manta, llevarlo hasta la habitación que aquella ocupaba en la vivienda y ocultar las pruebas. Los jurados declaran probado, tal y como reconoció el propio Ramón, que inmediatamente después del crimen el casero limpió la sangre del suelo del pasillo con una fregona y arrojó a un contenedor su pijama ensangrentado y el martillo con el que había golpeado a la chica.
Los jurados estiman también probado que Ramón continuó viviendo en el piso hasta que cinco después, cuando el hedor del cadáver en descomposición era insoportable, contó a una vecina que Rebeca podía haber muerto. Poco después confesó a la Policía ser el autor del crimen. El tribunal popular dijo que basaba su veredicto en las declaraciones de los médicos forenses y peritos, de los vecinos y del propio acusado. Los propietarios del inmueble respaldaron la versión del casero de que la inquilina era una mujer conflictiva que les hacía la vida imposible.
Aunque el procesado haya sido absuelto tendrá que indemnizar al hijo y padres de la víctima. Las acusaciones le piden 500.000 euros, cantidad que la defensa rebaja a 206.000 euros.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.