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Desfile militar celebrado con motivo de los actos del Dos de Mayo, con la delegación de fondo. / R. R.
Primera sentencia en España que obliga a Defensa a publicar sus retribuciones
TRIBUNALES

Primera sentencia en España que obliga a Defensa a publicar sus retribuciones

Un Juzgado exige a la Delegación de Cantabria que informe de cómo distribuye el complemento de especial dedicación entre sus miembros

C. DE LA P.

Jueves, 18 de junio 2009, 02:02

Un Juzgado de Santander ha obligado a la Delegación de Defensa a hacer pública la asignación global que recibe la Unidad en concepto de complemento de especial dedicación para distribuirlo entre sus miembros, así como a determinar la cantidad que corresponde a cada uno de ellos.

El Juzgado exige además a Defensa que motive y concrete las funciones específicas que desarrolla cada militar, que le hacen merecedor de la asignación del complemento.

La sentencia es firme y es la primera que se dicta en España requiriendo a una delegación de Defensa a hacer pública la cantidad asignada anualmente a la Unidad para el complemento de especial dedicación y su distribución entre cada uno de sus diez miembros.

El recurso fue presentado por el militar Roberto García Varela, a quien la Delegación de Defensa denegó en octubre de 2007 la información sobre la distribución de la cantidad asignada a la Unidad.

El recurrente expuso que en los meses de enero a mayo de ese año venía percibiendo 200 euros al mes por el complemento de dedicación especial, ignorando las razones que habían determinado tal asignación, vulnerándose así la normativa del Ministerio de Defensa que establece que la distribución de ese complemento no sólo tiene que ser motivada, sino que además debe ser notificada a cada interesado, con determinación tanto de la asignación global como de la que percibe cada miembro de la Unidad.

El militar reclama en torno a los 18.000 euros y solicita la información correspondiente a los últimos cuatro años.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander basa su sentencia en otra dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, respecto a un caso análogo relativo al personal de la Guardia Civil. La magistrada María Ángeles Hormaechea establece que no hay razones para restringir el mandato legal de publicidad en el ámbito de las Fuerzas Armadas, al tiempo que considera que la discrecionalidad técnica para distribuir el complemento entre los miembros de la Unidad no autoriza «discriminaciones o asignaciones arbitrarias». Según la sentencia, la publicidad de la distribución del complemento evita «situaciones de desigualdad o agravio».

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