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TRIBUNALES

El juez da diez días para presentar la acusación del caso Socuevas

La Fiscalía y los querellantes pueden solicitar juicio oral o el sobreseimiento

G. SELLERS

Jueves, 1 de octubre 2009, 02:27

El Juzgado de Instrucción de Santander número 3 ha comunicado a la Fiscalía y a los querellantes del caso Socuevas que cuentan con diez días para presentar el escrito de acusación, en el que pueden solicitar la apertura de un juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

Son ocho los acreedores que presentaron en 2003 una querella por delitos de insolvencia punible y delito societario contra la empresa Socueva, de la que fueron administradores Miguel Tausía, Javier Mirones, Ricardo Hontañón y Miguel Mirones, actual presidente de la CEOE. También se les acusa de presuntos delitos a los empresarios Inés Carmen Serna y Miguel Martínez de la Hidalga.

A comienzos del año pasado, un juez declaró fraudulenta la quiebra declarada por la empresa Socueva en enero de 2003, ya que se encontraba en esa situación desde el 31 de diciembre de 2000, «mucho antes de la declaración judicial formal», según la sentencia. Según el juez, los administradores solidarios de la empresa, con la finalidad de «ocultar» la situación económica real de la empresa y «en perjuicio» de sus acreedores, «falsearon» los documentos contables.

Más procedimientos

A raíz de este fallo se pusieron en marcha varios procedimientos civiles y uno penal contra la empresa. En uno de ellos, cuya sentencia se conoció a finales del año pasado, Mirones y los otros tres administradores de la empresa Construcciones Socueva fueron absueltos de un presunto delito de apropiación indebida.

Además, el magistrado aludió también a la «complicidad» en que incurrieron Inés Serna Alonso, directora gerente a la sazón de Cota Hispania S L, responsable de la gestión y administración de la constructora quebrada, y Miguel Martínez de la Hidalga, representante de Cota Management, sociedad que firmó un contrato de cesión de créditos con Socueva. Este contrato lo que supuso es «la transmisión de créditos de ésta contra terceros (pendientes de cobro y contratos en fase de ejecución) a cambio de una deuda que no se concreta y se revela incierta».

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