

Secciones
Servicios
Destacamos
Sheila Izquierdo
Miércoles, 5 de junio 2013, 19:56
El Ayuntamiento de Camargo ha dado los primeros pasos para tramitar la posible devolución de una parte de la paga extra de diciembre de 2012 devengada a los más de 200 trabajadores (entre laborales y funcionarios) que forman parte de la plantilla municipal y correspondiente a los días previos a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012 emitido por el Gobierno de la Nación. El alcalde, Diego Movellán, envió hoy una carta a la Subdirección General de Administraciones Públicas de Madrid para consultar si es posible aplicar esta devolución.
La paga extra tanto de los empleados de este Ayuntamiento como del resto de entidades locales quedó suprimida a raíz del Real Decreto que entró en vigor el 15 de julio del pasado año. Sin embargo, la retribución comenzó a devengarse antes de esta fecha, en concreto desde el 1 de junio. Distintas sentencias judiciales a instancias de las demandas presentadas por varios funcionarios de distintas administraciones vinieron después, en algunas de las cuales ya se ha empezado a reconocer el derecho de los trabajadores afectados a percibir las cantidades correspondientes a los servicios prestados con carácter previo a la entrada en vigor de dicho Real Decreto, esto es, del periodo que va del 1 de junio al 15 de julio de 2012.
Por eso, el Ayuntamiento de Camargo ha remitido una consulta formal a la Subdirección General para conocer si tiene o no que devolver estas cantidades -que se establecerán en función del salario del trabajador y por un máximo de 44 días-, convirtiéndose en el primer ayuntamiento de la región que toma la iniciativa.
Consulta
En la carta enviada por el Consistorio y que firma el alcalde se solicita información sobre si es posible aplicar al personal laboral y funcionario el abono de las cuantías devengadas de la paga extra del mes de diciembre hasta la entrada en vigor del Real Decreto, al mismo tiempo se pregunta si la Subdirección tiene conocimiento de la existencia de sentencias contrarias al abono de la parte proporcional de las pagas extras que supongan contradicción.
La parte proporcional que se devolverá de la paga extra será efectiva para el personal laboral y funcionariado, si bien no recupercutirá sobre el resto -cargos de confianza, miembros del equipo de gobierno o personal eventual-. Esto se debe a que estos grupos de trabajadores renunciaron a percibir la paga de diciembre como una forma de ser solidarios con sus compañeros. Esta acción permitió un ahorro al Ayuntamiento con el que pudo crear un fondo económico que destinó a engrosar una partida destinada a acción social.
De esta manera, Movellán quiere no esperar a que se nos diga que debemos pagar, solo a que se nos diga que podemos hacerlo y tan pronto sea así, Camargo no esperará para hacer efectivo el pago de las cantidades correspondientes.
Sin necesidad de acudir a los tribunales
Además, el alcalde ha explicado que a Camargo "le basta" con que se le clarifique legalmente que los informes son favorables al reintegro de las cantidades a los trabajadores y que esta decisión tiene soporte legal. Tan pronto la respuesta indique que es así, Camargo comenzará a abonar la parte proporcional de la paga extra de diciembre a sus trabajadores, sin necesidad de que ningún trabajador municipal deba acudir a los tribunales para solicitar que se le devuelva un dinero al que tiene derecho.
Varias sentencias emitidas en distintos municipios españoles dan la razón a los trabajadores municipales que han recurrido para que se les abonen las cantidades correspondientes al considerar que el Real Decreto Ley no incluye referencias a la retroactividad de la supresión de la paga. Por eso, establecen los jueces, esta medida solo tendría efecto a partir de la entrada en vigor del mismo, es decir, a partir del 15 de julio de 2012.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.