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efe
Lunes, 17 de agosto 2015, 10:52
Los inmigrantes irregulares empadronados en Cantabria con una antigüedad de tres meses serán atendidos en el sistema sanitario público sin que se les facture la asistencia prestada, al margen de cuáles sean sus ingresos económicos. Así se recoge en una orden de la Consejería de Sanidad publicada hoy en el Boletín Oficial de Cantabria, por la que se deroga el Programa de Protección Social de la Salud Pública aprobado por el Gobierno del PP, que establecía un plazo de empadronamiento de seis meses y un límite de ingresos equivalente a un IPREM para tener derecho a la asistencia sanitaria gratuita.
El Gobierno de Cantabria pretende así "intensificar y reforzar la universalidad en el acceso a la atención sanitaria" y establecer las condiciones de acceso al sistema sanitario público de Cantabria de las personas que carecen de cobertura "manteniendo los principios de equidad, garantía de acceso, sostenibilidad económica, eficiencia en la prestación de los servicios sanitarios y defensa de la sanidad pública". La nueva regulación entrará en vigor el 18 de agosto.
Como novedades, se modifican los requisitos de acceso al sistema sanitario público, reduciendo el plazo mínimo de empadronamiento y eliminando el requisito relativo a los recursos económicos, "circunstancia esta última -explica la Consejería- que refuerza la idea de universalidad y que permitirá agilizar la tramitación de las solicitudes". Además, se reduce el plazo para resolver, se otorga expresamente carácter positivo al silencio administrativo y se recoge de manera expresa la posibilidad de prestación provisional de asistencia sanitaria no farmacéutica, incluso antes de dictarse la resolución, aunque la gratuidad queda condicionada a la ulterior estimación.
La vicepresidenta, Eva Díaz Tezanos, ha destacado que con esta orden se recupera la prestación de este servicio, de manera universal y gratuita, a "todas" las personas que residan en Cantabria, cuando lleven tres meses empadronadas en la región, frente a los seis meses que se exigían hasta ahora (los 90 días es el límite mínimo obligatorio, pues por debajo de ese periodo a los extranjeros se les considera 'turistas').
Las personas que cumplan los requisitos recogidos en la orden podrán acceder a las prestaciones del sistema sanitario público, tanto de la cartera básica, como de la suplementaria en centros propios y concertados, y se les asignará centro de salud y médico de cabecera. No tendrán derecho a la cobertura de la asistencia sanitaria con cargo a los presupuestos regionales fuera de la comunidad autónoma y tampoco se les atribuye la condición de asegurado o beneficiario del Sistema Nacional de Salud. Se les facilitará una tarjeta identificativa personal e intransferible que acreditará su inclusión en el sistema sanitario público.
En el ámbito de la atención primaria se incluye la realización de métodos diagnósticos, preventivos y terapéuticos. Y en el caso de que el proceso asistencial lo requiera, el tratamiento farmacológico formará parte del mismo. La prescripción de medicamentos se realizará en receta oficial.
Las solicitudes deberán presentarse en el Centro de Salud que, por razón de residencia, corresponda al interesado o telemáticamente, a través del Registro Electrónico Común de la Administración.
Díaz Tezanos ha comparado las "notables diferencias" entre la orden aprobada por el bipartito PRC-PSOE -que entra en vigor este martes, 18 de agosto- y la que recibió luz verde con el Ejecutivo cántabro hace año y medio, y que "suavizaba" un decreto anterior del Gobierno de Mariano Rajoy. Ha señalado que mientras la aprobada por el PP de Ignacio Diego constituía un "programa" de "beneficencia", la de ahora reconoce un "derecho" a los afectados, y hace también mención expresa a las personas, nacionales o extranjeras, "no registradas y autorizadas a vivir en España". También se reconoce el derecho a los españoles que lo perdieron por estar en paro y sin prestación, o a quienes lleven más de tres meses en el exterior.
Igualmente, la vicepresidenta ha subrayado la agilización del procedimiento actual, frente a la "lentitud" del anterior, al no ser necesario verificar los requisitos económicos. Así, el plazo máximo para resolver las solicitudes de tarjetas identificativas será de dos meses, uno menos que antes. Y además de otorgarse expresamente carácter positivo al silencio administrativo, se amplía el periodo de validez de las tarjetas, que pasa de un año a dos.
En este sentido, y a preguntas de los periodistas, la consejera de Sanidad ha explicado que únicamente se desestimarán solicitudes de la tarjeta sanitaria cuando exista un convenio en este área entre España y el país de origen del demandante, como ocurre con Marruecos, o en el caso de los estados miembros de la Unión, al existir la tarjeta sanitaria europea. En ambos supuestos, en Europa o cuando haya convenios, se presta la asistencia sanitaria y se factura después al país de origen del beneficiario.
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