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Pilar González Ruiz
Lunes, 4 de abril 2016, 17:54
El caso del pescador desaparecido en Islares o el bebé arrastrado por el mar en Asturias ponen en primera plana una realidad estremecedora; la falta de un cuerpo que certifique la defunción de la persona que ha sufrido un accidente o ha ... desaparecido.
Aparte del dolor que supone para los familiares no poder concluir el proceso de duelo, la falta del cuerpo implica una serie de complicaciones legales que, en ocasiones, parecen incongruencias subsanables con el uso de la razón. Pero la lógica y la ley no siempre van de la mano.
Como señala la abogada María Revenga, se trata de una situación más habitual de lo que pensamos, especialmente, indica, en actividades relacionadas con el mar. Si bien señala que todos los medios se ponen a disposición de las familias para tratar de solucionar este drama todo es insuficiente cuando ocurre. En muchos casos, obligados a dejar pasar los márgenes de tiempo que marca la legislación, los allegados pueden optar por iniciar investigaciones por su cuenta mientras esperan a que se resuelva el caso.
carlos mirapeix| psiquiatra
«Pasan meses, incluso años, antes de que algunas personas puedan ir a un cementerio. El hecho de ir es ya una forma de elaborar el duelo. O dejar mucho tiempo los armarios sin tocar y decidir quitar la ropa para dársela a alguien. Eso solo se puede hacer cuando el trabajo de duelo llega a ese punto». Los gestos. Son claves. «Pequeños ritos individuales como visitar el lugar de un accidente, celebrar algún tipo de ceremonia individual o familiar... Para hacer un punto y aparte. O formar parte de un rito colectivo. Colocar una piedra o un mojón en un lugar que se convierta en un rito colectivo de despedida. En el pueblo. Ayuda, aunque resulte doloroso. No solo es gratificante, es terapéutico», asegura Mirapeix. El qué es lo de menos. Algo personal. «Hay quien lo considera con una carta, con tener un sitio físico al que ir para acordarse aunque no esté el cuerpo... Cada uno con algo acorde a su creencia», añade María Pérez
Lo que dice la Ley
El Código Civil español contempla en su artículo 193 los plazos en los que puede pasar de considerarse a una persona de desaparecida a fallecida, la principal aspiración, a nivel psicológico y legal, de quienes no han podido recuperar el cuerpo de sus familiares.
En caso de que no haya noticia alguna del desaparecido, tendrán que pasar 10 años para que se le declare muerto. Serán 5 en caso de que el sujeto tuviera al menos 75 años cuando desapareció. Si, como en el caso del pescador o de otros accidentes similares, se trata de situaciones de alto riesgo para la vida de la persona, el plazo se reduce a 1 año desde la desaparición.
El documento también contempla condiciones específicas para determinadas situaciones como la guerra (dos años si la persona desaparecida pertenecía a un contigente armado en funciones de campaña), los naufragios o accidentes aéreos (tres meses para los tripulantes, auxiliares y pasajeros de barco o avión).
Cuando se declara fallecida a una persona, la legislación vigente permite proceder a abrir la sucesión sobre sus bienes. Unos bienes que deben estar perfectamente inventariados y descritos y los que sus herederos disponer cinco años después de la declaración.
¿Qué ocurre si el reaparece el fallecido? La ambigüedad de algunas de las situaciones contempladas conlleva que a pesar de declararse muerto al sujeto, el caso sea el contrario y finalmente, sea localizado. En ese caso, podrá recuperar sus bienes tal y como se encuentren en el momento de su aparición, así como obtener el dinero resultante de la venta de los mismos. Ahora bien, no podrá reclamar a sus sucesores rentas, frutos, ni productos obtenidos con los bienes de su sucesión, salvo desde el día de su reaparición.
Algunos casos
Madeleine McCann desapareció en el año 2007 mientras veraneaba con sus padres en Portugal. Nueve años después, sigue sin haber rastro de la niña, a pesar de los indicios acumulados durante este tiempo. Holanda, Chile o Australia son lugares donde se ha creído ver a la pequeña, que tenía tres años cuando desapareció de la habitación de hotel en la que dormía con sus hermanos.
En 2009 se produjo otro caso que conmocionó a la sociedad y que aún sigue sin resolverse, precisamente por no haber aparecido el cuerpo de la víctima: Marta del Castillo. No contar con esa prueba supone un agravante para la resolución del homicidio pues sin cadáver, no hay delito y aunque puede dictarse condena en base a la comprobación de los hechos inculpatorios, la mayoría de los jueces y tribunales son precavidos al respecto.
La familia de la menor, que se ha entrevistado con los máximos dirigentes políticos españoles de los últimos siete años, ha sido decisiva para mantener vivo el caso
De Adolfo González Linares, párroco de Ampuero desaparecido en Ibiza "no hay ningún indicio de absolutamente nada". La investigación sigue abierta tras haberle buscado por tierra, mar y aire sin haber encontrado pista alguna que indique su paradero o bien un cadáver que permita cerrar la búsqueda.
Una chaqueta y un teléfono móvil son, hasta el día de hoy, las únicas pistas localizadas en relación a Claudio Fernández Martínez, taxista santanderino desaparecido en 2010. Su taxi se encontró abandonado en una rotonda del Alisal, abierto, con las llaves y el dinero intacto en el interior, sin que hubiera rastro del joven.
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