Secciones
Servicios
Destacamos
Gonzalo Sellers
Lunes, 18 de abril 2016, 11:34
La primera Ley de Transparencia de Cantabria será más ambiciosa que la normativa nacional y exigirá a las entidades públicas no sólo la información de sus sueldos y patrimonio, sino también los saldos de sus cuentas bancarias regularmente. Además, ampliará esa obligación de revelar sus ... cuentas y contratos a todas las empresas que tengan, al menos, un 50% de participación pública, y establecerá un régimen de sanciones que tampoco recoge la legislación aprobada por el Estado hace ya tres años.
La ley autonómica, elaborada por la Consejería de Presidencia del Gobierno regional, irá más allá que la nacional para mejorar, entre otras cosas, el puesto de la comunidad en el ranking de transparencia. Cantabria se encuentra en el decimoprimer peldaño de las 17 autonomías, aunque peor estaba en 2010, cuando cerraba la lista.
La aprobación de la normativa será inminente. El próximo paso será publicar todos los artículos, dentro de 4 o 5 días, en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). Además, Presidencia enviará el documento a todos los ayuntamientos y sindicatos de función pública y, al mismo tiempo, se publicará íntegramente en el Portal de Transparencia del Ejecutivo cántabro. Esta fase de información pública no es obligatoria en este caso, pero el Gobierno ha decidido hacerla para fomentar la participación de todos los sectores e incluir, si así se mejora la ley, las medidas que se propongan.
El consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, ha señalado que el Gobierno, al igual que anteriormente con el proceso de creación de la Ley de Espectáculos, quiere contar desde el primer momento con las aportaciones y opiniones de la ciudadanía con el fin de enriquecer el texto definitivo y que cuente con el mayor apoyo social posible.
Según ha avanzado, el borrador de la norma va más allá que la Ley 19/2013, de ámbito estatal y que entró en vigor para las comunidades autónomas el pasado mes de diciembre. En concreto, la norma cántabra amplía el campo de la publicidad activa y los sujetos obligados y diseña un procedimiento sancionador para el incumplimiento de la norma.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.