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consuelo de la peña
Sábado, 1 de octubre 2016, 19:03
La postura procesal del Gobierno en el conflicto de los derribos ha roto el statu quo que mantenían los afectados con el Ejecutivo de regionalistas y socialistas. Como cada nueva legislatura, y ya van cinco desde que los tribunales empezaron a dictar las primeras sentencias ... condenando a las administraciones a tirar las viviendas ilegales e indemnizar a sus propietarios, la Asociación de Maltratados por la Administración (AMA) había otorgado un margen de confianza a los nuevos gestores, a los que, incluso, llegó a reconocer avances a la hora de encarar el problema. Pero la estrategia del Gobierno en los tribunales ha dinamitado esa armonía.
El portavoz del colectivo, Antonio Vilela, ha acusado al Ejecutivo de «maniobrar» ante la Justicia para trasladar el conflicto de los derribos al Tribunal Constitucional con el «único objetivo» de que «pase otra legislatura» y sean otros los que apechuguen con las indemnizaciones millonarias, cifradas en torno a los 300 millones de euros. En un duro comunicado, la asociación denuncia que los mismos que redactaron, negociaron y aprobaron el precepto legal que obliga a indemnizar a los afectados antes de proceder al derribo de las casas, pongan ahora en duda su legalidad y pidan a los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que planteen la cuestión de inconstitucionalidad del artículo, una iniciativa procesal que ha negado de manera taxativa el consejero de Justicia. «Ni existen maniobras dilatorias del Gobierno ni se ha puesto en duda la constitucionalidad del precepto», zanjó Rafael de la Sierra.
En el fondo de la cuestión se sitúa un debate jurídico en torno a un artículo, el famoso 108.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que fue introducido en el Senado con el respaldo de todos los partidos políticos, y que exige, como paso previo a la demolición, la prestación de garantías para responder a las indemnizaciones debidas. Sin embargo, su aplicación en Cantabria ha abierto en canal ese consenso en materia de derribos. Primero, fueron los ayuntamientos del PP implicados los que recelaron de la estrategia jurídica del Gobierno, y ahora son los afectados los que la cuestionan.
La polémica se produce como consecuencia de la decisión del TSJC de continuar con la ejecución de las sentencias. En ese auto, los jueces dicen que tienen dudas sobre la aplicación del precepto pero acuerdan no plantear «por el momento» la cuestión de inconstitucionalidad, e interpretan que las garantías indemnizatorias que exige el artículo quedan cubiertas estableciendo una cantidad genérica correspondiente al precio escriturado más un 30%, sin perjuicio de las cantidades que los propietarios puedan reclamar tras el derribo.
Sin embargo, el Gobierno considera errónea esa interpretación y sostiene que el artículo 108.3, al hablar de «indemnizaciones debidas a terceros de buena fe con carácter previo a la demolición», exige fijar las indemnizaciones antes del derribo «porque de lo contrario no serían debidas o adeudadas a terceros de buena fe. Se trata de afianzar lo que previamente es debido (la indemnización)», defienden los servicios jurídicos del Gobierno, porque si no el precepto hablaría de «indemnizaciones futuras o posibles» y no de «indemnizaciones debidas».
Por eso, el Gobierno pide al tribunal que, antes de tirar las casas, habrá un incidente de ejecución de sentencia en el que se establezca «claramente» el importe de las indemnizaciones y también quiénes son los terceros de buena fe a los que se debe garantizar su pago. Pero, llegados a este punto, añade una coletilla que es la que ha incendiado a los afectados. El Ejecutivo pide a los jueces que, si consideran que la aplicación del precepto en estos términos supone «una suerte de suspensión de su potestad de ejecutar lo juzgado», planteen la cuestión de inconstitucionalidad. «Lo que en modo alguno procede es efectuar una interpretación contraria a su espíritu con la finalidad de salvar las dudas existentes sobre su constitucionalidad», concluye.
AMA interpreta esta coda como una manera subrepticia del Gobierno de llevar el conflicto de los derribos al Constitucional. Si efectivamente el caso llegara al Alto Tribunal los ayuntamientos afectados (Escalante, Argoños, Arnuero y Piélagos) ganarían dos o tres años para aprobar los nuevos planeamientos urbanísticos que pretenden dar cobertura legal a más de 400 de las 621 viviendas amenazadas en Cantabria. En declaraciones a este periódico, Vilela reconoció que «puede haber dudas» sobre la interpretación del artículo, pero «son otros los que las tienen que plantear, no quienes han hecho la ley. Eso no tiene sentido», al tiempo que reconoce que «las últimas decisiones judiciales están visualizando a las víctimas».
De la Sierra, uno de los padres del precepto, defiende la «plena constitucionalidad» del artículo. «Lo que pedimos es que se fije la indemnización y los afectados de buena fe».
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