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Mario Cerro
Viernes, 16 de diciembre 2016, 07:16
Con el objetivo de que no acabe siendo una mera declaración de intenciones, el proyecto de Ley de Transparencia para Cantabria contempla sanciones económicas de hasta 12.000 euros para quienes la incumplan y otras disciplinarias que pueden terminar con el cese de altos ... cargos de la comunidad autónoma y los ayuntamientos. El bipartito PRC-PSOE aprobó ayer en su reunión semanal el proyecto, que será remitido para su tramitación al Parlamento con el objetivo de que reciba el visto bueno de sus señorías en dos meses y de su publicación después en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). A partir de ahí, se ha fijado un plazo de seis meses para su aplicación.
claves de la norma
1. Sujetos obligados.
La Ley de Transparencia será aplicable, entre otros, a la Administración General de la Comunidad Autónoma, la Universidad de Cantabria, el Parlamento, Administraciones Locales, partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, sindicatos y organizaciones empresariales, así como las asociaciones vinculadas a ellas. También a entidades privadas vinculadas con las administraciones públicas.
2. Publicidad activa
. Las personas obligadas a cumplir la norma tendrán que publicar de forma periódica las informaciones cuyo conocimiento sean relevantes para garantizar la transparencia de la actividad pública.
3. Retribuciones.
Los altos cargos deberán hacer públicas sus retribuciones anuales, las indemnizaciones y las dietas. Igualmente, tendrán que dar a conocer las indemnizaciones que, en su caso, perciban al dejar el cargo.
4. Multas.
Incluye sanciones que van desde los 600 a los 12.000 euros. También contempla otras disciplinarias que pueden acabar con la destitución de los altos cargos y su inhabilitación por un periodo de entre 6 y 10 años.
La futura Ley, que tiene como objetivo principal regular la transparencia de la actividad pública en Cantabria, consta de 51 artículos, estructurados en cuatro títulos, diez disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y otras dos finales. Según se recoge en su artículo 1, la norma garantizará esa transparencia en la toma de decisiones en el sector público regional, así como el derecho de acceso "de forma accesible" a la información que obra en su poder.
La Administración General de la Comunidad Autónoma, otros organismos públicos o entidades privadas vinculados a ella, la Universidad de Cantabria, el Parlamento y las entidades que integran la Administración Local estarán obligados a cumplir la normativa. Pero no son los únicos. Partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, además de asociaciones y fundaciones vinculadas a ellas, tendrán que hacer lo propio. La Ley también será aplicable a las entidades privadas y otras de iniciativa social que perciban durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 25.000 euros o cuando al menos el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, "siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros".
Los afectados tendrán que publicar, entre otros aspectos, las funciones que desarrollan y la normativa que les sea de aplicación, su estructura organizativa, los acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes o la identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de liberados sindicales, detallando el crédito horario anual del que disponen.
Agendas
Las Administraciones Públicas estarán obligadas a publicar la relación de órganos colegiados adscritos y las normas por las que se rigen y, con antelación diaria, las agendas institucionales de los gobiernos autonómicos, locales y de los altos cargos o asimilados, "siempre que tengan lugar en el ejercicio de las funciones públicas y en su condición de responsables públicos". También darán a conocer la relación de los bienes inmuebles, la deuda pública de la Administración con indicación de su evolución y las estadísticas en materia tributaria.
El Gobierno regional contempla en la Ley la creación del Consejo de Transparencia de Cantabria, entidad con personalidad jurídica propia que tendrá como finalidad garantizar el derecho de acceso a la información y velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad. Para ello, elaborará anualmente una memoria al respecto, que será publicada en el Portal de Transparencia de Cantabria y presentada ante el Parlamento. Este Consejo, del que se encargarán en principio tres funcionarios, será lo más parecido a la oficina anticorrupción que anunció Miguel Ángel Revilla y que las restricciones económicas han aparcado.
La Ley de Transparencia exige cuantiosa información a los altos cargos, a miembros de las Corporaciones locales y a otras personas que desempeñan puestos considerados de confianza o de asesoramiento especial. Por ejemplo, que informen sobre las retribuciones percibidas anualmente, las indemnizaciones y las dietas, con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos y el importe de los gastos de representación de lo que hayan hecho uso. Igualmente, harán públicas las indemnizaciones que, en su caso, han de percibir al dejar de ejercer su cargo. Las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales se harán públicas en la forma que se desarrolle reglamentariamente.
Límites
Las entidades integrantes de la Administración Local tendrán el Registro de Actividades y el Registro de Bienes Patrimoniales de los miembros de la Corporación municipal debidamente actualizados en los términos que el existente para los miembros del Gobierno cántabro y de los altos cargos de la comunidad autónoma. El contenido de esas declaraciones será público, si bien se omitirán los datos relativos a la localización concreta de los bienes inmuebles y "se garantizará la privacidad y seguridad de sus titulares". Y es que la Ley establece límites al derecho de acceso a la información pública, los que fija el artículo 14 de la Ley 19/2013. En todo caso, su aplicación se llevará a cabo según lo dispuesto en la legislación básica estatal, «"debiendo ser interpretado, siempre que sea posible, en sentido favorable al acceso a la información pública".
El incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa o de suministro de información pública que las personas obligadas a cumplir la norma hayan desatendido, pese a los requerimientos, conllevarán infracciones muy graves, con multas que oscilan entre 6.001 y los 12.000 euros. Las infracciones graves de 601 a 6.000 euros podrán aplicarse, por ejemplo, cuando se incumpla reiteradamente la obligación de resolver en plazo las solicitudes de acceso a la información pública. Por último, las infracciones leves multas de hasta 600 euros se han fijado cuando no se resuelva en plazo la solicitud de acceso a la información.
A las infracciones económicas se unen otras con carácter disciplinario que van desde la amonestación al cese de los altos cargos y la imposibilidad de ocupar responsabilidades similares durante un periodo de seis a diez años. "Todos tienen que cumplir la Ley de Transparencia", señaló este jueves el consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, que justificó la inclusión del procedimiento sancionador porque los ciudadanos están "cansado" de leyes "vacías", que se incumplen. Eso sí, dejando claro que el régimen sancionador persigue no tanto actuar como mecanismo coercitivo, "sino garantizar y hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a la transparencia".
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