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La Ley de Cantabria 3/2017 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas lleva meses en vigor. Se aprobó en marzo en el Parlamento autonómico con los votos a favor de PRC y PSOE (el PP la rechazó, Podemos y C’s se abstuvieron). En su ... preámbulo se argumenta su utilidad tras un vacío normativo de dos décadas, y dada la importancia económica del sector, se apunta a que «es necesario proporcionarle un marco normativo».
La ley es muy amplia: define y regula el espectáculo, la actividad recreativa, la prueba deportiva; fija condiciones de seguridad y sanciones; establece la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil. También delega en los ayuntamientos la gestión y control administrativos. ¿En qué ha derivado esto? En algunas incertidumbres y dificultades para los promotores, y también, según declara, para el Ayuntamiento de Santander.
Ayuntamiento de Santander Acusa falta de medios para asumir las competencias, y que no se haya dado una fase transitoria de preparación
Quejas municipales Critica la complejidad de la tramitación, o la dificultad de gestión de las instalaciones portátiles o desmontables
Reglamento La ley se desarrollará vía reglamento. Los decretos de pruebas deportivas y horarios salen esta semana
Varias concejalías −Dinamización Social, o Deportes y Salud− trabajan ya acordes a la ley. En el Ayuntamiento coinciden en la necesidad de una normativa, pero cargan contra su esencia e implantación. ¿Por qué? Porque «no resuelve las demandas que planteábamos desde los ayuntamientos, el tejido cultural, los productores y organizadores de eventos, sino al contrario, al generar un problema y provocar mayor inseguridad, ya que deja en manos de los ayuntamientos la regulación de determinados aspectos». Esto puede dar lugar «a distintas regulaciones municipales que colisionen entre sí, en perjuicio de quienes quieran programar actividades en distintos puntos de la región».
En el Ayuntamiento que gobierna Gema Igual (PP), y en línea con su grupo parlamentario, se quejan de que asumen funciones que incumben a la administración cántabra, «que es la que, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía, ostenta la competencia exclusiva sobre espectáculos públicos y la que se ha encargado, desde 1996, de las autorizaciones, particularmente las de carácter excepcional para usos no habituales».
Ayuntamiento de santander
En el Gobierno rechazan esa visión. La secretaria general de Presidencia, Noelia García, quien trabaja en la ley desde la fase de inicio, defiende su valor objetivador: «Antes no existía un procedimiento. Lo que se ha hecho es clarificar las competencias, atribuir las competencias a quien tiene que ejercerlas [...] Para eso creó la ley, para romper con la alegalidad». Y añade: «La ley es cierto que abarca muchos aspectos, pero es que íbamos a la cola» sobre el resto de autonomías.
¿Qué problemas genera a ojos del Consistorio? Acusan falta de medios para asumir estas competencias y la «ausencia de un periodo transitorio para preparar los procedimientos». Y problemas concretos. Por un lado, la «complejidad de la tramitación y antelación necesaria para organizar un evento», que lleva a que a la solicitud de la autorización excepcional se solicite «con una antelación de, al menos, 3 meses». ¿Por qué? «Toda la documentación debe ser revisada e informada por distintos servicios municipales que, en ocasiones, requieren aclaraciones, documentación adicional, cambios». Los requisitos pasan por una memoria, un proyecto técnico, un plano a escala y un certificado del montaje o un ‘plan de autoprotección’.
Alberto Zubizarreta, director del ‘Santander Music’, sin entrar a analizar la ley, indica: «Lo que importa y lo que habría que preguntarse es: ¿para qué se ha creado?». En el preámbulo de la ley se argumenta su necesidad: «La situación normativa de la materia de espectáculos públicos precisa una regulación legal, sustantiva y completa, máxime cuando en los últimos años se aprecia un extraordinario e imparable crecimiento del sector del ocio y del tiempo libre que viene a satisfacer la demanda de actividades deportivas, culturales, artísticas o meramente lúdicas [...]», recoge. Ernesto Castañeda entiende que una ley de este calado ha de funcionar como una herramienta para agilizar y facilitar la organización de un espectáculo. A pesar de que acusa algún vacío, cree que hay margen para la mejora, para adecuarla a la realidad de Cantabria. «Es importante que las leyes regulen en la que medida en que viven las personas» a las que implica.
Hay otra novedad importante: el seguro de responsabilidad civil, para atender los riesgos que deriven de la actividad, es obligatorio y sin franquicia. «El problema es que muchas aseguradoras no suscriben ese tipo de pólizas sin franquicia, una cuestión en la que poco a poco se están dando algunos pasos, ya que algunas compañías van facilitando la cuestión», indica el Ayuntamiento, que alude a las agrupaciones deportivas: «Hay muchas federaciones que ya tenían contratadas sus pólizas para el ejercicio y los presupuestos cerrados, y no podían hacer frente al elevado coste de modificar el seguro para suprimir la franquicia». Hubo una prueba que no pudo celebrarse por esta cuestión, indica.
Noelia García, Consejería de Presidencia
La ley también regula y endurece los requisitos de seguridad y seguimiento de las instalaciones portátiles o desmontables que acompañan las pruebas al aire libre, por ejemplo las deportivas: arcos de salida y meta, carpas... Eso entraña otra dificultad a ojos del Consistorio: «En muchos casos, los organizadores habían utilizado ya esos elementos en años anteriores y ahora se ven obligados a recuperar las fichas técnicas, cuestión en muchos casos difícil porque las instalaciones tienen ya varios años». Por otro lado, el Ayuntamiento detecta dificultades con “el cálculo del aforo en actividades al aire libre que no están acotadas”, cuando este aforo se relaciona con la suscripción de un seguro.
Noelia García rebate algunas de estas quejas, como la del aforo, que se refiere a los establecimientos, y señala que la ley se desarrollará mediante reglamento, lo que ayudará a matizar requisitos. «La ley requiere desarrollo, y se va a hacer». Esta semana, anuncia, se publicarán los «importantes» decretos de pruebas deportivas y horarios. Admite que ha sido un verano «de mucho asesoramiento»: encuentros con ayuntamientos, la FEMP, orientación al personal... Y, añade, que el Gobierno está abierto a escuchar propuestas municipales, de promotores, de asociaciones... «Tenemos que verlo entre todos».
Alberto Zubizarreta, Promotor
Algunos promotores van adaptándose al contexto. El productor de conciertos y responsable de Delfuego Booking, Javier Palacios, percibe cierto retraso en el trámite de licencias por los cambios de la ley: seguros no franquiciables, requisitos de seguridad... Ha tenido que sujetarse a la nueva ley para organizar el ‘Santander Central Park’, en los Jardines de Pereda, que comprendía proyección de películas, ‘food trucks’ o conciertos. Se encontró con documentación extra que presentar. Palacios agradece la ayuda municipal en este sentido, «nos ayudaron mucho desde la administración».
Encuentra otro punto de conflicto con las entradas. El artículo 38 establece que ha de reservarse un porcentaje de las mismas, equivalente al 10% del aforo, para el día del espectáculo. Al frente de la gestión de Escenario Santander, Palacios ha optado por dejar en taquilla −la ley no es clara al respecto− ese remanente en algunos conciertos y no siempre se ha vendido.
Ernesto Castañeda, Promotor, representante
Noelia García indica que el asunto de las entradas buscar dar cabida a los potenciales destinatarios que no realicen compra electrónica de entradas, pero conviene que este asunto podrá regularse de modo más claro vía reglamento. A la espera de ver en qué consiste esta reglamentación está Javier Santamaría, promotor independiente, artífice del ciclo ‘Campamento base’ o del ‘Popfest’. «Es importante esperar al reglamento, ver qué decisiones toman las administraciones», ver, expone, si ayuntamientos como el de Santander apuestan por la música en directo, por ejemplo, creando licencias. Santamaría incide, «no tanto en los requisitos de la ley, sino en el Ayuntamiento, en su postura con las licencias». Y le chirría, por ejemplo, que no se haya regulado el acceso a menores a los espectáculos culturales, uno de los asuntos que también planteó el promotor Ernesto Castañeda cuando la ley estaba en ciernes.
Javier Santamaría, Promotor
Castañeda siguió de cerca la gestación y desarrollo de la ley. Presentó junto con Vicente G. Marcos, al frente del ‘Rvbicon’, una serie de alegaciones para “legislar en positivo más que prohibir”, para enriquecer la ley, entre ellas, la regulación del acceso de los menores a los espectáculos, conciertos, necesaria desde su punto de vista: “Desconectar a los menores, a ese nivel, de la cultura no es positivo”. Ahora que está en vigor, el promotor y gestor cultural (Moverground, ‘Mondo Sonoro’) y músico trata de hacer una reflexión constructiva, a pesar del vacío anterior, o de las incertidumbres que trae aparejadas la reserva de un porcentaje de las entradas, algo quizá ya desfasado en el momento actual.
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