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Avalan el decreto que desarrolla la Ley de Caza en organización administrativa

El fallo del Supremo ratifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria

EFE

Domingo, 15 de junio 2014, 22:21

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el decreto que desarrolla en materia de organización administrativa las previsiones de la Ley de Caza de Cantabria de 2006.

El fallo ratifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que ya rechazó el recurso que interpuso contra el decreto la Sociedad Cántabra de Fomento de Caza y Pesca.

Ese colectivo impugnó dos preceptos del decreto de 2010 de desarrollo de la Ley de Caza, porque el reglamento hacía una clasificación de los clubes de caza que no compartía.

La sentencia explica que en esa normativa se distingue entre clubes deportivos básicos y elementales, con lo que se permite a unos ser entidades colaboradoras de la administración y acceder a subvenciones y a otros no.

Hasta que ese reglamentó entró en vigor, la sociedad que recurrió tenía acceso a las bonificaciones, concretadas en reducciones de las tasas de los carnés de socios.

Pero con la entrada en vigor del reglamento, esa sociedad dejó de cumplir los requisitos y por eso impugnó el decreto.

El TSJC rechazó sus argumentos y ahora el Supremo también lo hace, por varios motivos.

El Alto Tribunal indica primero que el recurso invoca un artículo de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común sin mucho sentido.

Añade que el recurso de casación no puede ser "una simple repetición de lo que infructuosamente se alegó en la instancia" y advierte de que los motivos que se aducen deben "contener reproches" específicamente dirigidos a la sentencia impugnada.

Y subraya que este tipo de recurso no busca fiscalizar la adecuación de la actuación administrativa de las comunidades autónomas a la legislación autonómica.

Tras señalar todo esto, el Supremo manifiesta que "no alberga ninguna duda" sobre la corrección jurídica de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que la Sociedad Cántabra de Fomento de Caza y Pesca impugnó.

"Ningún precepto de la Constitución otorga un derecho a que no cambie la regulación de una materia dada, del mismo modo que ninguno prevé que los clubes deportivos deban ser reconocidos como entidades colaboradoras de la Administración, ni menos aún que hayan de recibir necesariamente ayudas públicas", resalta la sentencia del TS.

Agrega, en contra del criterio de la sociedad, que los preceptos del decreto que combatía se aplican por igual a todos los clubes de caza y fijan una clasificación de ellos que "no puede ser tachada de irrazonable o desproporcionada".

Por eso se rechaza que se hayan conculcado los principios de igualdad o de libertad de asociación que consagra la Constitución.

El fallo impone el pago de unas costas de hasta un máximo de 4.000 euros por parte de la entidad que recurrió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria .

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