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Marco García Vidart
Jueves, 17 de septiembre 2015, 11:56
El presidente de la Real Federación Española de Vela (RFEV), José Ángel Rodríguez, convocará una Asamblea General Extraordinaria, con motivo de la moción de censura presentada contra él, tal y como le exigía la resolución dictada por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), instada por Julia Casanueva, presidenta de la Federación Cántabra de Vela, que se postula a Presidir la Española. La Asamblea Extraordinaria se ha fijado para el 6 de octubre próximo en la sede de la propia Federación.
El embrollo monumental en el que está sumida la vela española parece que está cerca de solucionarse. El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) exigió hace más de una semana a la Federación Española la "inmediata convocatoria" de la asamblea extraordinaria para debatir la moción de censura contra el presidente, José Ángel Rodríguez. El tribunal admitió el recurso presentado a principios de mes por la oposición a Rodríguez, encabezada por Casanueva.
La historia arranca de lejos. En junio, Rodríguez fulminó a Julia Casanueva entonces vicepresidenta de la Española por ser una figura demasiado incómoda. La presidenta de la Cántabra era muy crítica con la gestión de Rodríguez y pedía aclaraciones constantes sobre las cuentas del Mundial de Vela de Santander. Tras su cese, Casanueva lideró un movimiento contra el presidente que desembocó en una histórica asamblea ordinaria a mediados de ese mes. En ella, la gestión de Rodríguez recibió un sopapo mayúsculo al tumbarle las cuentas anuales. Pocos días después, en una reunión en Madrid se acordaba la presentación de una moción de censura encabezada por la propia Julia Casanueva.
El número de avales necesarios para solicitar una asamblea extraordinaria 26, un tercio de los miembros de la asamblea se superó con creces al presentar 35. Y más tarde esa cifra aumentó a 44. Pero la Española rechazó la convocatoria de la asamblea extraordinaria porque se pedía la convocatoria con una antelación inferior a los 20 días exigidos por los Estatutos, que Casanueva no podía ser presidenta de la estatal al serlo ya de la Cántabra o la validez de algunos de los avales eran algunos de los argumentos esgrimidos para rechazarla.
Los opositores a Rodríguez recurrieron al TAD a principios de agosto. Durante el pasado mes, el Tribunal ha analizado la documentación. Con respecto a la elegibilidad de Casanueva, el TAD alude a la Ley del Deporte y señala que "para el cargo de presidentes de las federaciones deportivas españolas serán también electores y elegibles los presidentes de las federaciones deportivas de ámbito autonómico". En cuanto al plazo de presentación de la moción, el TAD considera que se presentó "dentro del límite temporal fijado por los Estatutos", 20 días, e incluso señala que se presentó "con anterioridad". En relación a los avales, el TAD señala que los que la Federación no consideraba válidos 10 de clubes, uno de técnicos y tres de deportistas, los de los clubes y el del técnico sí deben ser admitidos. No así los de los deportistas, al constatar que la firma difiere "ostensiblemente" de la que aparece en el DNI.
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