Secciones
Servicios
Destacamos
DM .
Martes, 27 de diciembre 2016, 17:27
La Asociación Facua-Consumidores en Acción ha creado la plataforma #micláusulasuelo, a la que pueden sumarse todos los usuarios que tienen o han tenido hipotecas con cláusulas suelo para asesorarse sobre las vías para reclamar la recupación de su dinero y conocer qué ... cantidades les han cobrado fraudulentamente. Para ello, ha creado un simulador que permite a los afectados calcular cuánto están pagando de más para poder presentar la reclamación a sus bancos. Para probar este simulador, pincha aquí.
El equipo jurídico de Facua está analizando la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que determina la retroactividad total en la devolución del dinero defraudado con las cláusulas suelo.
Los tribunales comienzan a aplicar la sentencia del TJUE
Mientras, los tribunales españoles ya empiezan a aplicar esta sentencia dada a conocer el pasado 21 de diciembre. Es el caso del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona, que ha condenado a Banco Popular a devolver todo lo cobrado a un cliente por estas cláusulas "sin limitar su eficacia retroactiva en estricto respeto a la jurisprudencia del TJUE".
El cliente, defendido por el despacho Espacio legal, reclamaba la nulidad por abusivas de las cláusulas suelo incluidas en la escritura de compraventa con subrogación de préstamo hipotecario y novación modificativa de 20 de abril de 2005 y en la escritura de novación modificativa de préstamo hipotecario de 14 de septiembre de 2005.
Al analizar el caso, la Sala llega a la conclusión de que la cláusula es abusiva y destaca que "no hay constancia fehaciente" de la información que el banco pudiera haber ofrecido al cliente sobre la "existencia o incidencia" de este límite en el contrato. "No consta la concreta documentación precontractual entregada en la que se le advierta sobre su existencia y trascendencia, ni concretas simulaciones de posibles escenarios que se realizaron", recoge la sentencia.
También indica que el banco no ha demostrado que diera información sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo o sobre el comportamiento previsible del índice de referencia.
En este sentido, insiste en que la contratación de un préstamo hipotecario por persona sin conocimientos financieros específicos "resulta una operación compleja, en especial en el extremo referente a los intereses, de tal forma que la ausencia de información conlleva la excusabilidad de su error".
La sentencia del juzgado catalán ya incorpora la resolución del TJUE, dada su "importancia".
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.