

Secciones
Servicios
Destacamos
JAVIER FDEZ. RUBIO
Viernes, 15 de septiembre 2006, 02:36
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Santander ha confirmado la decisión municipal de ordenar el cierre de la Filmoteca de Cantabria por operar sin la preceptiva licencia de actividad. El fallo, recurrible en apelación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), desestima el recurso presentado por el Gobierno de Cantabria tras rechazarse su impugnación del decreto de Alcaldía.
Ayuntamiento y Gobierno mantienen un litigio que se remonta al año 2005 cuando desde el Consistorio se requirió, tras una serie de denuncias vecinales por ruidos, que tramitara la licencia, lo que implica realizar obras de adaptación de la sede a la normativa sobre actividades molestas y condiciones de apertura de salas de espectáculos.
Desde el Gobierno no se actuó en tal sentido, afirmando el Gobierno que la licencia concedida en 1950 a nombre de Educación y Descanso era válida, al tiempo que apelaba indefensión por la actitud que adoptaba el Consistorio. Otra cosa es lo que opina el Juzgado de lo Contencioso, que considera que tras la remodelación profunda del inmueble, para la apertura de la Filmoteca, se requiere una licencia de actividad, que puede ser obtenida y de este modo legalizar la sede. Se rechazan todos los argumentos de indefensión, prescripción de la resolución y desviación de poder por parte municipal.
No colaboran
El juez, asimismo, constata que el desarrollo de los acontecimiento ilustra «la infracción del principio de colaboración entre administraciones públicas», en este caso, entre el Gobierno y el Ayuntamiento. «La actividad de filmoteca y exhibición de películas requiere que sea concedida previamente licencia de actividad al estar sujeta la misma al Reglamento de Actividades Molestas», razona el juez en su fallo.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones para ti
Favoritos de los suscriptores
Las raíces cántabras de Tagle, uno de los favoritos
Rafa Torre Poo
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.