

Secciones
Servicios
Destacamos
NACHO GONZÁLEZ UCELAY
Martes, 19 de diciembre 2006, 09:20
«El médico forense ha avanzado que la muerte de uno de ellos fue instantánea, no así la del otro, ignorándose el tiempo exacto que duró su agonía, de tal modo que es posible que a la llegada de la fuerza policial al lugar del accidente uno de los viajeros fallecidos -no se especifica quién- aún se encontrase con vida».
Imputado en sendos delitos de homicidio imprudente y un tercero de conducción temeraria, el joven Adrián García Barquín -conductor del vehículo que el viernes sufrió un accidente en la autovía S-10 en el que perdieron la vida dos de sus acompañantes- se va a enfrentar, también, a un cuarto de omisión del deber de socorro, según consta en el auto dictado por el juez instructor del caso, Fernando Vegas, que ayer acordó decretar prisión incondicional y sin fianza para el causante del siniestro tomando, así, una decisión que no tiene precedentes en Cantabria.
Ayudándose de dos muletas y cubriéndose el rostro con la capucha del abrigo, el joven, que llegó al Juzgado de Instrucción Número 3 escoltado por dos policías y acompañado por su abogado, tuvo que sortear una nube de periodistas antes de presentarse ante el magistrado, al que, al parecer, no aportó gran cosa porque, afirma el letrado que le representa -Antonio Díaz-, que «no recuerda absolutamente nada».
En el auto de prisión, el juez relata que «existen claros indicios de que Adrián García Barquín incurrió en una conducta de imprudencia temeraria que causó la muerte de Fernando Arcas Castillo y de Jaime Luis Morán Quiroga, ya que en el tramo en que tuvo lugar el accidente Adrián circulaba a velocidad notablemente superior a la permitida reglamentariamente (100 km/h.) tal y como constata el informe de la Guardia Civil, que la cifra en 150 km/h., aproximadamente, y realizó maniobras incorrectas y peligrosas (adelantamientos por la derecha en una vía rápida con circulación concurrida), con grave riesgo para los restantes usuarios de la vía, provocando así la salida de la calzada del vehículo y el resultado de muerte para dos de los ocupantes y lesiones en otro de los viajeros».
Asimismo, el magistrado también ve «indicios» de la comisión de un delito de omisión del deber de socorro, «puesto que instantes después del accidente, cuando fue preguntado por agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo de Bomberos acerca de las personas que viajaban en el vehículo y cuál era su estado de salud, Adrián contestó que sólo viajaba con Ángel (que en ese instante estaba inconsciente en el asiento del copiloto), y que se encontraban bien», ocultando que, junto a ellos, viajaban también los dos chicos que resultaron muertos.
Es, entonces, cuando el juez precisa que «el médico forense ha avanzado que la muerte de uno de ellos fue instantánea, no así la del otro, ignorándose el tiempo exacto que duró su agonía, de tal modo que es posible que a la llegada de la fuerza policial al lugar del accidente uno de los viajeros fallecidos aún se encontrase con vida, con lo cual la conducta ocultadora de la circunstancia por parte de Adrián integraría el delito de omisión de deber de socorro».
No se acuerda
Tras conocer que el magistrado envía a la cárcel a su defendido, el letrado Antonio Díaz explicó a los medios de comunicación que Adrián García Barquín «no es que haya dicho que no llevaba a nadie, es que no recuerda absolutamente nada». Díaz, para quien lo ocurrido fue «un accidente como los demás que se ven todos los días», precisó que la falta de memoria del acusado «debe de ser así, porque después del estado en el que se encontraba como consecuencia del golpe que había recibido es bastante normal que estuviera en esa situación».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones para ti
Favoritos de los suscriptores
Las raíces cántabras de Tagle, uno de los favoritos
Rafa Torre Poo
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.