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Tribunales

Absuelven a los hermanos Postigo al declarar prescrito el delito

La querella presentada por los trabajadores fue llevada al juzgado transcurridos cinco años de los hechos

C. DE LA P.

Viernes, 12 de enero 2007, 01:59

El Juzgado de lo Penal número 1 ha declarado prescrito el delito de alzamiento de bienes del que un grupo de 25 trabajadores de 'Transportes Postigo' acusaba a los propietarios de la empresa, creada en 1952 y que se disolvió en diciembre de 1996.

Los tres hermanos Postigo fueron acusados por el Ministerio Fiscal y los operarios, que ejercieron la acusación particular, de un delito contra la libertad y seguridad con alzamiento de bienes, por el que pedían una pena de dos años de prisión para cada uno de ellos y la nulidad de las ventas de inmuebles efectuadas. Así mismo la acusación privada reclamó una indemnización de 878.000 euros, además de intereses.

La querella fue interpuesta en enero de 1997 y admitida a trámite en marzo de ese mismo año. Sin embargo, el juicio no se celebró hasta finales de septiembre del año pasado.

En la sentencia, el juez de lo Penal, José Manuel Raposo Fernández, no entra a enjuiciar los hechos porque declara prescrito el delito, por haber transcurrido más de cinco años desde que supuestamente fueron cometidos hasta que se formuló la querella.

Código Penal

El magistrado subraya que de acuerdo con el Código Penal de 1973, vigente en la época de comisión de los hechos, el delito contra la seguridad en el trabajo prescribe a los cinco años de su comisión. Y, según la sentencia, la escritura de escisión parcial de la empresa de transportes, que dio lugar a la pérdida de la mayor parte de su patrimonio, se produjo en octubre de 1991, por lo que cuando se presentó la querella en 1997 había prescrito ya el delito.

Tanto el Ministerio Público como la acusación particular acusaron a los tres hermanos Postigo de diseñar un conjunto de operaciones tendentes a trasvasar a su patrimonio personal o al de otras sociedades de su propiedad el patrimonio inmobiliario de la compañía de transportes, hasta colocar a la empresa en situación de insolvencia, lo que impidió a la plantilla ejercer sus derechos sobre los bienes.

Los acusados eran accionistas y miembros del Consejo de Administración de Transportes Postigo, que además de vehículos y otros elementos necesarios para el desarrollo de la actividad, era titular de naves y parcelas en Valladolid, Madrid y Torrelavega.

Según las acusaciones, en 1991, ante la futura crisis económica de la entidad por la progresiva acumulación de pérdidas, los responsables de la compañía idearon el abandono de la dirección y titularidad de la misma, para lo cual planearon una serie de operaciones tendentes a traspasar sus bienes a su patrimonio personal o de otras empresas de su propiedad. Así, procedieron a la escisión parcial de Transportes Postigo y constituyeron una nueva entidad a la que trasfirieron las naves y parcelas de Valladolid y Madrid a un precio muy inferior al de mercado, aunque Transportes Postigo seguía utilizándolas mediante el pago de una renta.

En 1993, Trabajo aprobó un expediente de suspensión de contratos que afectó a 34 trabajadores.

Finalmente, en marzo de 1996 fue vendida a otra sociedad, que meses después la disolvió antes los problemas económicos.

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