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A. TORICES
Sábado, 9 de junio 2007, 11:34
Arnaldo Otegui ingresó ayer en la prisión donostiarra de Martutene, poco antes de la una de la tarde, para cumplir 15 meses de cárcel por enaltecer a ETA en el 2003, con motivo de un homenaje, en Arrigorriaga (Vizcaya), al ex jefe militar de la banda José Miguel Beñarán, 'Argala'. Apenas unos minutos antes, el Tribunal Supremo había rechazado por unanimidad el recurso presentado por su defensa contra la sentencia dictada en abril del 2006 por la Audiencia Nacional; la condena fue declarada firme, así como la pena aneja de siete años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Para reducir al mínimo el riesgo de que el líder abertzale huyese, todos los trámites legales se realizaron a velocidad de vértigo y con absoluta discreción. Cinco magistrados del Supremo presididos por Juan Saavedra terminaron por la mañana la deliberación que iniciaron el jueves y de inmediato enviaron un mensajero a la Audiencia Nacional. Sobre las 11.25 horas, este entregó en mano al magistrado Alfonso Guevara, presidente del tribunal que condenó a Otegui, un folio firmado con el fallo de la resolución y la aclaración de que, «en los próximos días, se hará público el texto completo de la sentencia».
Rapidez
La Sección Tercera de la Audiencia Nacional dictó la orden de arresto e ingreso en prisión nada más recibir del Supremo esta comunicación. El magistrado Guevara, en previsión de que la condena se confirmase, ya había debatido con sus dos compañeros de tribunal la postura a tomar si el Supremo rechazaba el recurso de Otegui y tenía redactado un modelo de providencia a falta solo de la firma. El escrito se limita a decir que, alcanzada la firmeza, «ejecútese la sentencia».
Estampadas las tres rúbricas, la providencia voló a poder de la Policía Nacional, cuyos servicios de Información vigilaban a Otegui desde horas antes. El portavoz de Batasuna fue detenido en las proximidades de la sede de la coalición, en el polígono Belartza (Guipúzcoa) minutos antes del mediodía, cuando se disponía a desplazarse hasta el hotel San Sebastián de la capital guipuzcoana para protagonizar una rueda de prensa.
El encarcelamiento se produce dos días después de que ETA anunciase que retornaba a la actividad terrorista, tras 14 meses de alto el fuego. La actuación judicial fue tan veloz y discreta que ni la Fiscalía conoció el fallo del Supremo hasta que trascendió el arresto de Otegui en San Sebastián, una hora después de que la deliberación concluyese. La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional razonará la decisión de encarcelar a Otegui cuando su defensa recurra la medida.
Al tratarse de una condena inferior a dos años y carecer el implicado de antecedentes penales, el tribunal tiene libertad para ordenar la ejecución inmediata de la condena -ingreso en prisión- o su suspensión condicionada a la no comisión de nuevos delitos.
No obstante, fuentes judiciales desvelaron ayer que los magistrados defienden que el Código Penal considera justificado el encarcelamiento por estas penas mínimas cuando el condenado presenta «peligrosidad criminal» y tiene abiertas otras causas penales. Las mismas fuentes indicaron que Otegui cumple ambos criterios ya está procesado como dirigente de ETA en el sumario que instruye Baltasar Garzón contra Batasuna y tiene abiertos cuatro procesos por delitos de terrorismo -enaltecimiento y pertenencia-, además de una sentencia firme y en suspenso por injurias al Rey, a quien tildó de «jefe de los torturadores».
Recurso de amparo
La única posibilidad de que el portavoz de Batasuna abandone la cárcel a corto o medio plazo es el Tribunal Constitucional. Cuando dentro de unos días el Supremo notifique el texto de la sentencia aprobada ayer, la defensa de Otegui podrá plantear un recurso de amparo ante el Constitucional en el que le pedirá, como medida cautelar y urgente, que deje en suspenso la ejecución de la condena hasta que resuelva la impugnación.
El Constitucional tiene como costumbre excarcelar a condenados a penas inferiores a cinco años de cárcel. No obstante, para que se produzca una suspensión cautelar de la pena el recurso debe ser admitido a trámite por el tribunal, cosa que no ocurrió con el que el mismo Otegui planteó contra la sentencia firme por injurias al Rey, que fue rechazado de plano.
Arnaldo OtegUi puede permanecer en prisión los 15 meses de condena, ya que el delito de enaltecimiento fue juzgado por el Código Penal de 1995, que no prevé redenciones de pena.
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