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E. PRESS
SANTANDER.
Jueves, 19 de abril 2018, 07:28
La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por los propietarios de una de las viviendas afectadas por los hundimientos de terreno conocidos como soplaos en Camargo y ha condenado al Ministerio de Medio Ambiente a indemnizarles por responsabilidad patrimonial con 243.158 ... euros.
Los recurrentes, que aseguran que su vivienda es «una de las más gravemente afectadas» por soplaos en Camargo, presentaron en septiembre de 2015 una reclamación ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC), solicitando una indemnización por la citada cuantía como consecuencia de la extracción de aguas subterráneas por parte del Ayuntamiento de Camargo para abastecimiento municipal, previa concesión de la Confederación en las captaciones sitas en las cercanías de la vivienda. La CHC negó la relación causa-efecto» y desestimó la reclamación al mes siguiente.
En la sentencia, la Sala de lo Contencioso señala que la propia Confederación incluyó la vivienda de los recurrentes en 2012 en la primera fase de su plan de actuación para la consolidación del terreno y cimentación de las viviendas afectadas, «reconociendo por tanto en esa fecha la existencia de los daños».
Añade que los informes técnicos elaborados, el primero en el año 2003 y el último en 2015, certifican que los daños en la vivienda han ido en aumento con el tiempo, por lo que rechaza la prescripción de la acción de reclamación de los daños alegada por la Abogacía del Estado, que sostiene que «no hay daño efectivo, ni relación de causalidad». Frente a ello, la Sala considera acreditados los requisitos para que surja la responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado y en especial la existencia de relación de causalidad. El fallo se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.
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