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El servicio de aguas va a costar millones a Castro. Abel Verano
Los jueces exigen a Castro un plan de pagos millonario por el pleito del agua

Los jueces exigen a Castro un plan de pagos millonario por el pleito del agua

Castro Urdiales ·

El TSJC admite el recurso de la concesionaria y pide al Ayuntamiento que presente un plan de abonos para hacer frente a la ejecución provisional del fallo de noviembre

JESÚS LASTRA

Santander

Miércoles, 13 de septiembre 2017, 07:06

El Ayuntamiento de Castro Urdiales finalmente tendrá que presentar un plan de pagos para poder hacer frente a la indemnización potencial que el municipio debe abonar a laempresa Ascán por el pleito que mantienen ambas partes por la concesión del servicio de aguas, un litigio por el que la Justicia estableció en noviembre una compensación de 5,1 millones pero que el Consistorio ha recurrido ante el Tribunal Supremo. La adjudicataria solicitó la ejecución provisional de la sentencia, algo que rechazó en mayo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha estimado el recurso de la compañía y emplaza a la Casona a prepararse para el pago de la deuda.

Así lo ha resuelto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en una sentencia de finales de julio en la que insta a Castro Urdiales a que, en caso de que la ejecución del fallo suponga un quebranto grave a su tesorería, elabore una propuesta razonada para cumplir la resolución de la manera que resulte menos gravosa para el erario municipal.

Eso sí, la resolución arroja algún matiz en absoluto baladí. Por ejemplo, Ascán deberá presentar un aval o garantía correspondiente por los 5,1 millones, a la par que la caución entrará en vigor en cuanto la Casona consigne las primeras cantidades. Mientras tanto, se espera que el Tribunal Supremo se pronuncie en semanas sobre si admite o no el recurso municipal.

La Sala fijó en 2016 una compensación de 5,1 millones en favor de la adjudicataria

El Consistorio recurrió al Supremo, que en semanas se pronunciará sobre la admisibilidad del asunto

Ascán deberá depositar un aval para poder cobrar según el calendario que acuerden las partes

En su apelación, Ascán hizo hincapié en que «tras examinar los informes del interventor y el de la tesorera concluye que existen recursos suficientes para el pago de la deuda a través de los remanentes de tesorería», mientras que «las obligaciones de Ascán para con el Ayuntamiento estarían fraccionadas y garantizadas con hipoteca unilateral, encontrándose pendientes otras reclamaciones de la entidad al Consistorio, por lo que el perjuicio de la falta de ejecución podría ser superior a los nueve millones».

El municipio, por su lado, abundaba en la dificultad de asumir los 5,1 millones en caso de cumplimiento provisional, más si cabe después de haber suscrito un acuerdo para refinanciar la deuda.

Con este planteamiento, la Sala presidida por Rafael Losada, acompañado de las magistradas Clara Penín y Paz Hidalgo, recoge que los informes de Intervención posteriores a la sentencia, así como el parecer de tesorería, no afirman la «imposibilidad absoluta y sí graves dificultades para afrontar la ejecución provisional». «Acreditadas las dificultades» para abordar esa suma, el TSJC opta por la vía de la propuesta razonada por parte de Castro Urdiales.

Contexto

La Sala fijó en 5.161.458 euros la compensación que el Ayuntamiento deberá abonar a la empresa Ascán por el desequilibrio financiero en que se encuentra la concesión de la gestión integral del agua del municipio de la que es titular la mercantil. El TSJC coincidió con el Juzgado de lo Contencioso 2 de Santander en la necesidad de compensar tal desajuste, si bien la cifra a sufragar por parte del erario municipal fue diferente, ya que el tribunal de apelación estimó parcialmente alegaciones de las dos partes. A juicio de la Sala, «la actuación del Ayuntamiento ha incidido de forma directa en el desequilibrio económico de la concesión». «En efecto -añadía la sentencia-, el Consistorio incumplió la obligación de ejecutar las obras de mejora de las instalaciones hidráulicas, obligación prevista en la cláusula décima del pliego y su destino en la cláusula vigésima con la finalidad de mejorar la eficiencia del servicio».

El TSJC constató así un «incremento de gastos que la no realización de esas obras en las instalaciones ha supuesto a la concesionaria». Además, entendía que la desviación entre los datos facilitados en el pliego con la realidad «ha supuesto unos incrementos de costes no previsibles respecto del personal que debía asumir el concesionario como de las instalaciones, cuya gestión y mantenimiento debía asumir, con inclusión de los costes por suministro eléctrico de éstos, los gastos adicionales de mantenimiento y los costes derivados de la necesidad de disponer de vehículos no previstos inicialmente en la licitación». «Estos incrementos de costes derivan directamente de la actuación del Ayuntamiento y justifica la inclusión de estos supuestos en el importe a compensar», apuntó.

Sin embargo, el tribunal sí estimó el recurso castreño en el sentido de excluir de la compensación los costes generados por los consumos del Ayuntamiento. También aceptó parcialmente el argumentario de Ascán en el sentido de incluir unos nuevos costes dentro de la compensación, como son los que responden a la disminución de ingresos por el aumento de impagos de los consumidores, costes que ascienden a 597.659 euros.

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