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El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso presentado por el Ayuntamiento de Castro Urdiales contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), fechada el 18 de noviembre de 2016, en la que se condenaba al Consistorio al pago de 5.161.458 euros a la empresa que gestiona el agua en Castro, Ascán, por un desequilibrio económico-financiero entre los años 2007 y 2013.
El Alto Tribunal, que también ha inadmitido el recurso presentado por la empresa -que llegó a reclamar 15,6 millones al Consistorio castreño por ese desajuste económico- no ha entrado en el fondo del asunto «por falta de fundamentación de interés casacional», según se recoge en la providencia emitida el pasado 21 de septiembre y a la que ha tenido acceso este periódico.
Esto supone, según señalaron ayer fuentes judiciales, que la sentencia del TSJC es firme y que ahora el Ayuntamiento de Castro dispone de un periodo voluntario de cumplimiento de la sentencia de dos meses. A partir de ese tiempo, en caso de no procederse al pago, la parte afectada podría solicitar la ejecución del fallo.
Hay que recordar que este asunto se remonta al año 2013, que fue cuando Ascán presentó una primera reclamación de 6,2 millones por el desequilibrio económico que estaba sufriendo, al que se sumó otra reclamación, meses después, que suponía un montante total de 15,6 millones. Fue entonces cuanto el Ayuntamiento castreño contraatacó con un reclamación de 1,3 millones por la falta de pagos por parte de la empresa de los recibos de basuras (los cobra junto a los del agua).
En marzo de 2016, el Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander condenó al Ayuntamiento de Castro a pagar a la empresa 5,4 millones de euros como compensación por el desequilibrio económico-financiero de la concesión del servicio integral de aguas, que esta empresa gestiona desde el año 2007. No contento con este fallo, el Consistorio recurrió y fue la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria quien redujo hasta los 5.161.458 euros la cantidad que la Administración local debía abonar a la empresa
En su fallo, la Sala coincidía con el magistrado del Juzgado de lo Contencioso en la necesidad de compensar tal desajuste, si bien la cifra a abonar por parte del Ayuntamiento de Castro es diferente, ya que el tribunal de apelación estimaba parcialmente alegaciones de las dos partes. A juicio de la Sala, «la actuación del Ayuntamiento ha incidido de forma directa en el desequilibrio económico de la concesión». «En efecto -añade la sentencia-, el Ayuntamiento incumplió la obligación de ejecutar las obras de mejora de las instalaciones hidráulicas, obligación prevista en la cláusula décima del pliego y su destino en la cláusula vigésima con la finalidad de mejorar la eficiencia del servicio».
El TSJC constató así un «incremento de gastos que la no realización de esas obras en las instalaciones ha supuesto a la concesionaria». Además, entendía que el desajuste entre los datos facilitados en el pliego con la realidad «han supuesto unos incrementos de costes no previsibles, respecto del personal que debía asumir el concesionario, como de las instalaciones, cuya gestión y mantenimiento debía asumir, con inclusión de los costes por suministro eléctrico de éstos, los costes adicionales de mantenimiento y los costes derivados de la necesidad de disponer de vehículos no previstos inicialmente en la licitación». «Estos incrementos de costes derivan directamente de la actuación del Ayuntamiento y justifica la inclusión de estos supuestos en el importe a compensar», apuntó.
Junto a ello, añadió el menor rendimiento de la red, los costes adicionales por la compra de agua en alta no repercutidos a los usuarios y los derivados de la asunción por parte de Ascán del servicio de saneamiento municipal.
Tal y como publicó este periódico el pasado 13 de septiembre, el Ayuntamiento de Castro tendrá que presentar un plan de pagos para poder hacer frente a la indemnización que debe abonar a Ascán. Y es que la adjudicataria solicitó la ejecución provisional de la sentencia, algo que rechazó en mayo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) estimó el recurso de la compañía y emplazó a la Casona a prepararse para el pago de la deuda.
Así lo resolvió la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en una sentencia de finales de julio en la que insta al Ayuntamiento castreño a que, en caso de que la ejecución del fallo suponga un quebranto grave a su tesorería, elabore una propuesta razonada para cumplir la resolución de la manera que resulte menos gravosa para el erario municipal. Eso sí, la resolución arroja algún matiz. Por ejemplo, Ascán deberá presentar un aval o garantía correspondiente por los 5,1 millones, a la par que la caución entrará en vigor en cuanto el Consistorio consigne las primeras cantidades.
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