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ABEL VERANO
LAREDO.
Domingo, 17 de diciembre 2017, 08:28
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha impuesto una multa de 150 euros al alcalde de Laredo, Juan Ramón López Visitación, y a cada uno de los otros cuatro ediles del PSOE que forman parte del ... equipo de gobierno (Rosalina López, Jesús San Emeterio, Javier Solana y Charo Losa) por no cumplir los plazos previstos para llevar a cabo el derribo parcial del Edificio Tenis -subsidiariamente- de acuerdo la sentencia firme de 16 de noviembre de 1992 y el auto firme para su ejecución de fecha 20 de enero de 1999, que ordena al promotor y a los propietarios del inmueble la demolición de los vuelos o terrazas de la edificación, así como de todo lo construido bajo cubierta por encima de la línea teórica de 45º.
El TSJC advierte de que de acumularse tres multas (que pueden ser reiteradas mensualmente) de forma automática se dará testimonio de las actuaciones al juez instructor o Ministerio Fiscal para que depure posibles responsabilidades penales.
Hay que recordar que la redacción del proyecto de demolición de este edificio fue adjudicada a la empresa Pentia, que presentó el proyecto de derribo en 2009. Dada audiencia a sus propietarios sobre dicho proyecto, acudieron al TSJC a fin de plantear diversas cuestiones técnicas y de seguridad del edificio para la ejecución del proyecto, acompañando el informe de un perito. La Sala, ante los defectos imputados al proyecto redactado por Pentia, acordó la intervención de un tercer perito, que presentó un informe ante la Sala y las aclaraciones solicitadas por las partes.
En el año 2015, una de las partes personadas reclamó la ejecución del derribo, «ya que desde el 29 de diciembre de 2011 no ha existido ningún tipo de actuación ni trámite procesal en relación a la sentencia que dispone la demolición de lo construido ilegalmente». El TSJC emitió un nuevo auto, en junio de 2016, en el que pedía al Ayuntamiento información sobre el plazo de ejecución de la demolición, cuál era el órgano municipal o funcionario encargado o responsable de la demolición. Asimismo, daba un plazo de tres meses para que el Consistorio informara sobre si mantenía el proyecto técnico de demolición presentado en su día, lo modificaba o presentaba otro nuevo. También requería información sobre el inicio del expediente de contratación de la empresa que demolerá parte del edificio y la aprobación, por parte del interventor, de los instrumentos de garantía financiera suficientes para afrontar los costes de la demolición.
En septiembre de 2016, la Sala dictó otro auto en el que solicitaba al Gobierno pejino que presentara la documentación requerida en junio, apercibiéndoles de que el incumplimiento podría suponer una sanción de 150 euros a cada edil. Tras un nuevo requerimiento, el Ayuntamiento presentó en diciembre de 2016 cuatro escritos especificando sus actuaciones y el TSJC suspendió la posibilidad de multar.
Según señala ahora la Sala en su último auto, de 20 de octubre, el pasado mes de mayo se aprobó el cronograma por el que el Ayuntamiento se comprometía a redactar el proyecto de demolición para el 10 de julio de este año, redactar un informe de supervisión del proyecto el 10 de agosto, revisar el proyecto el 10 de septiembre, licitar y adjudicar el contrato de demolición para el 10 de diciembre y ejecutar las obras antes del 10 de junio de 2018.
«La sala constata que desde febrero hasta día de hoy el Ayuntamiento no ha materializado ninguna de las actuaciones a las que se comprometió», razón por la que impone la multa a los cinco ediles, apercibiéndoles que las mismas podrán ser reiteradas mensualmente si la situación de la ejecución se mantiene.
Por su parte, el Ayuntamiento, que no se ha pronunciado sobre esta multa, ha alegado ante el juez que no ha iniciado ninguno de los trámites porque no puede entrar a los locales del edificio. Pero el TSJC responde que «es innecesario acordar judicialmente» la entrada.
El ‘caso el Edificio Tenis’ es muy conocido en Laredo porque motivó la condena del Tribunal Supremo, en 1994, de seis años y un día de inhabilitación para cargo público por prevaricación del entonces alcalde de Laredo, el socialista Juan Ramón López Revuelta (padre del actual regidor), y otros tres ediles de su grupo. A finales de 1994, poco antes de culminar su tercera legislatura al frente del Consistorio, las denuncias promovidas por la oposición desembocaron en una condena por la concesión de la licencia de construcción del edificio en cuestión, declarado ilegal.
Durante los seis meses que faltaban para concluir aquella legislatura le sustituyó en el cargo Ángel Agüero, que fue el candidato socialista en los comicios de 1995. Poco después, en 1996, López Revuelta fue indultado por el último gobierno de Felipe González. Tras abandonar las filas socialistas, tanto el PSOE como López Revuelta mantuvieron una relación de amor-odio. En 1999, en la agrupación laredana, el exalcalde vio como la Comisión de Listas rechazó su candidatura. De nuevo abandonó el partido y fundó otro, Renovadores de Laredo, con el que obtuvo cinco concejales, por dos del PSOE. En 2003, propuso y consiguió postular una candidatura con seguidores incondicionales, encabezados por Ana Isabel Pascua, con tres ediles en las urnas. En la legislatura que arrancó en 2007 no figuró en la lista socialista, que se quedó con tres ediles, y en la siguiente (2011), volvió al PSOE, sacando cinco ediles.
En las últimas elecciones López Revuelta tuvo que renunciar a ser el candidato del PSOE debido a su imputación en el ‘caso La Loma’ de Castro, pendiente de juicio.
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