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EFE
Miércoles, 17 de febrero 2010, 01:08
Un Juzgado de Santander ha condenado al Ayuntamiento de Colindres a pagar 3.197 euros al padre de un menor que se cayó en un parque infantil del que es titular el Consistorio, ya que el accidente se produjo por el deficiente mantenimiento de los elementos en los que estaba jugando el niño.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander explica que la caída del menor se produjo cuando estaba jugando en compañía de sus primos en un tren de madera en el parque, en la Alameda del Ayuntamiento de Colindres. Según declaró una tía del menor, el resto de los niños acudieron a ella para decirle que el chico se había caído en unas arandelas que carecían de una protección de plástico que sí había en otras iguales que había en el mismo lugar.
La sentencia subraya que la jurisprudencia establece la obligación de indemnizar cuando hay una relación «casual, directa y exclusiva» que haya provocado el hecho que motiva esa compensación, una condición que, a su modo de ver, ha quedado acreditada en este caso.
«No es una caída fortuita»
El Juzgado subraya que «no es fortuito» que un elemento de juego «muestre un estado de falta de mantenimiento», y añade que «lo que no cabe presumir» es que menores «de tan escasa edad» muestren una conducta cuidadosa en sus movimientos. «Puede ser, o no, fortuita la caída, pero el resultado lesivo no proviene de ella, sino del defectuoso estado de la arandela contra la que se golpeó».
La sentencia agrega que no se produjo una falta de vigilancia por parte de los adultos que acompañaban a los menores y recalca que la caída tuvo lugar en un espacio vallado y reservado para los niños, «por lo que ha de presumirse que todos los elementos que en él se encuentran son aptos para su uso».
El Juzgado fija la indemnización en 3.197 euros, en función de los días que tardó en curarse (siete) y porque, como secuela, le ha quedado una «pequeñísima cicatriz».
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