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ECONOMIA

Recorte de pensiones por la puerta falsa

El Gobierno cambia la fórmula de cálculo de las nuevas prestaciones en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos

JOSÉ LUIS GALENDE

Domingo, 7 de marzo 2010, 01:11

Antes de desencadenar, a finales de enero, la encendida polémica sobre el retraso de la edad de jubilación a los 67 años en su propuesta sobre la reforma de las pensiones, el Gobierno ya había puesto en marcha un recorte de las prestaciones que, debido a su baja cuantía, ha pasado casi desapercibido. El equipo de Rodríguez Zapatero, con el respaldo del Parlamento, ha utilizado una vieja fórmula para 'colar' iniciativas polémicas, el cajón de sastre que es la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos. Por esa vía se ha cambiado un párrafo de la Ley General de la Seguridad Social que supone un recorte de entre 3 y 22 euros mensuales en la nómina de la mayoría de los nuevos pensionistas, con un ahorro superior a los 100 millones para la Seguridad Social.

¿Qué fórmula ha utilizado el Ejecutivo para la rebaja? A grandes rasgos, la cuantía de una pensión está en función de lo cotizado. El primer paso es fijar la base reguladora de esa prestación, que no es otra cosa que la 'pensión completa'; es decir, sin penalizaciones. Para ello, se toman las cantidades por las que se ha cotizado los últimos 180 meses -15 años-. Las de los 24 meses previos al retiro se quedan en su valor nominal y las de los otros 156 se actualizan con la inflación de ese periodo. El resultado se divide entre 210 -para incorporar el efecto de 14 pagas anuales y no de 12-. Lo obtenido es la base reguladora, a la que se aplican descuentos por jubilarse antes de los 65 años o por haber cotizado menos de 35. Ahora bien, a veces esa cifra es mayor que la pensión máxima fijada por ley -cuando se cotiza por bases máximas o elevadas-, por lo que hay un colectivo de personas a las que no afecta, salvo excepciones, la reforma citada.

Pues bien, lo que ha hecho el Gobierno en la disposición final 9 de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2010 es cambiar ligeramente el contenido del primer párrafo del apartado 1 y la totalidad del apartado 1.1 del artículo 162 de la Ley de la Seguridad Social. En síntesis, viene a decir que, en vez de computarse los 180 últimos meses para calcular la base regulara, se tomarán los 180 meses anteriores «al mes previo» del último cotizado.

Casos extremos

Se trata de una pirueta con consecuencias apreciables, ya que se está cambiando el mes último de afiliación, que en general tiene la cotización más elevada, por uno de quince años atrás, en el que fue mucho más baja. Un ejemplo realizado por expertos con el programa informático que la Seguridad Social tiene en su web para calcular pensiones indica que si un trabajador ha cotizado siempre por la base mínima, la nueva regulación le supone una pérdida de 2,96 euros por paga, lo que equivale a 41,44 euros al año.

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