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M. C.
Viernes, 19 de marzo 2010, 12:22
La cuenta atrás para el derribo del Hotel Miramar empezó ayer. El Tribunal Supremo confirmó el deslinde marítimo terrestre que sitúa al histórico hotel castreño - fue inaugurado en 1945- dentro del dominio público, porque se asienta sobre terrenos que forman parte de la playa de Brazomar. Su demolición está tan asumida por sus propietarios que ayer se refirieron al proyecto de derribo que Costas está redactando y que estará finalizado «para finales de este verano». ¿Cuándo se derribará? La fecha aún se desconoce pero nadie duda ya de que la piqueta acabará con el Hotel Miramar en unos meses.
La Demarcación de Costas en Cantabria gana así la batalla del deslinde que ha venido manteniendo en los últimos años con los dueños del Hotel Miramar que, a pesar de los recursos, no podrán evitar la demolición del edificio. Precisamente, la sentencia del Supremo rechaza un recurso de los propietarios del hotel, después de que la Audiencia Nacional confirmara la orden del Ministerio de Medio Ambiente por la que se aprobó el deslinde marítimo terrestre de Castro Urdiales.
La Audiencia Nacional había establecido que la zona donde se asienta el Hotel Miramar tiene la consideración de playa y no son terrenos que hayan pasado a ser propiedad privada, de acuerdo con una concesión que se otorgó a principios del siglo XX.
Los propietarios del Hotel Miramar habían alegado que en el año 1917 el Ayuntamiento de Castro Urdiales otorgó una concesión sobre la marisma donde se asienta ese establecimiento, para su desecación y urbanización, incluyendo una cesión a perpetuidad. Señalaban que el hotel estaba incluido en esa concesión y, por lo tanto, se encontraba fuera de la marisma, aunque también reconocían que la playa que hoy existe «ha tenido que formarse por la acción del viento y de las mareas», después del cierre de la marisma.
Pero la Audiencia Nacional no aceptó ese argumento de acuerdo con unos informes que determinaban que el suelo sobre el que se asienta el hotel es playa. La sentencia de la Audiencia explicaba que no hay ninguna razón que justifique la exclusión del dominio público de los terrenos del Hotel Miramar. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado ahora el fallo de la Audiencia Nacional y destaca que los terrenos del Hotel Miramar son bienes de dominio público marítimo terrestre, «que lo son por naturaleza» y cuya catalogación y estatuto jurídico establece la propia Constitución, que incluye las playas en esa categoría.El tribunal asegura que la sentencia de la Audiencia declara «de modo contundente» que los terrenos son una zona de playa, una aseveración que la parte recurrente «no discute».
Los magistrados inciden en que esa parte ha afirmado que la playa se debe haber formado «por la acción del viento y las mareas» después de la desecación prevista.
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