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La abogada del Tribunal europeo dicta que el canon digital es ilegal
SOCIEDAD

La abogada del Tribunal europeo dicta que el canon digital es ilegal

Advierte de que la tasa no puede aplicarse de forma indiscriminada a todos los equipos, sino a los que se usan para realizar copias privadas

K. DOMÍNGUEZ

Miércoles, 12 de mayo 2010, 10:08

La eterna pugna que mantienen las sociedades de gestión de derechos de propiedad intelectual y los más combativos usuarios de soportes digitales vivió ayer otro capítulo en Luxemburgo. La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el canon digital que se aplica en España es ilegal porque se impone de «forma indiscriminada» a todos los equipos y materiales de reproducción y no sólo a los que presumiblemente se van a destinar a realizar copias privadas. «Este sistema de canon por copia privada no es compatible con la normativa comunitaria», señala categórica Verica Trstenjak en su resolución.

En otras palabras, la abogada -figura equivalente a la de un fiscal- advierte de que sólo se puede gravar con esta tasa a los usuarios privados, los que se supone que pueden utilizar estos dispositivos (cd, dvd, mp3...) para copiar material protegido con derechos de autor, y no a las empresas o profesionales, que tienen la opción de utilizarlos «claramente» para otras finalidades.

Este dictamen, que no es vinculante aunque en la mayoría de los casos coincide con la sentencia posterior del Tribunal europeo, se refiere a un litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) con la empresa Padawan, que comercializa materiales de almacenamiento electrónico. La compañía catalana se negó a pagar 16.759 euros en concepto de canon entre los años 2002 y 2004, y el caso acabó ante la Audiencia de Barcelona, que antes de dictar sentencia elevó una pregunta al TJUE para saber si el sistema de gravamen español es conforme con la normativa.

Retribución «equitativa»

La directiva europea sobre derechos de autor de 2001 establece que la potestad para reproducción de cualquier material sonoro, visual y audiovisual corresponde únicamente a sus propios autores, intérpretes y productores. No obstante, permite realizar copias privadas siempre y cuando los titulares de los derechos reciban una «compensación equitativa y adecuada». El cómo hacerlo queda ya en manos de cada país.

España ha optado por establecer una retribución «a tanto alzado», es decir, que el canon se aplique a todos los dispositivos por igual, sin diferenciar si van a ser utilizados de manera particular o profesional. Así que los usuarios, fabricantes o distribuidores deben pagar sin distinción. Y ahí es donde, según Verica Trstenjak, la normativa es ilegal.

Tras hacerse público el informe de la abogada, ahora llega el turno de los magistrados del TJUE, que deberán estudiarlo y, tras deliberar, dictarán sentencia. Sólo en ese momento la Audiencia de Barcelona podrá dirimir si Padawan debe pagar el dinero que adeuda por el canon, tal y como reclama la SGAE.

Por su parte, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, admitió que, una vez la sentencia sea firme, será una «buena oportunidad para armonizar» la manera en la que todos los país europeos aplican la directiva sobre derechos de autor, mientras la Asociación de Internautas anunció que pedirá la eliminación del canon digital.

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