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'Aragón', hecho una sopa por jugar bajo la lluvia en su recinto habitual, que pronto dejará porque se le queda pequeño. :: T. COBO
'Aragón', devaluado por ser rumano
CANTABRIA

'Aragón', devaluado por ser rumano

El osezno es una especie cinegética en su país, de modo que la multa por contrabando será leve | La Fiscalía de Zaragoza investiga si los captores del cachorro que se cría en Cabárceno cometieron, además, un delito contra la fauna

TERESA COBO

Lunes, 29 de noviembre 2010, 08:49

Con lo gracioso que es y lo hermoso que está, 'Aragón' no tiene precio. Pero las autoridades están obligadas a ponérselo. El osezno más guapo y mimado de Cabárceno tiene que ser tasado como una mercancía para que puedan ser multadas las personas que lo introdujeron en España de contrabando. Por proceder de una zona en la que los osos son una especie cinegética, el pobre sale casi a coste de baratija. A efectos legales, su valor está por debajo de los 4.500 euros y su tenencia sin permiso se considera una infracción administrativa leve.

El largo y asfixiante viaje de Rumanía a España que un diminuto y estresado 'Aragón' soportó hace siete meses en el maletero de un coche es ya un capítulo cerrado en su vida. Pero en Zaragoza siguen abiertos los procedimientos administrativo y judicial a los que dio origen el decomiso del osezno por la Guardia Civil.

Dos agentes de tráfico dieron el alto a un BMW que salió de la autovía A-2 de forma brusca y por encima del cebreado. Esa infracción leve del reglamento de circulación le costó al conductor una multa de 80 euros, pero, sobre todo, sirvió para rescatar al cachorro. Los dos ocupantes del vehículo, rumanos residentes en España, no pudieron acreditar la posesión legal del animal.

El Seprona se hizo cargo de la cría de oso pardo, que fue trasladada dos semanas después al Parque de la Naturaleza de Cabárceno, en Cantabria. Los agentes levantaron un acta de aprehensión por una supuesta infracción administrativa de contrabando y la enviaron al Administrador Principal de Aduanas de Zaragoza. Además, instruyeron diligencias por un posible delito contra la fauna y las remitieron a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zaragoza. El fiscal delegado de Medio Ambiente se ha hecho cargo de la investigación, que sigue su curso.

Sale barato

El Seprona solicitó una tasación aproximada del osezno. La jefa del Área CITES en Madrid estimó el valor de 'Aragón' entre los 3.000 y los 5.000 euros. La ley de Contrabando considera que la importación, exportación, comercio, tenencia o circulación de especímenes de fauna silvestre sin cumplir los requisitos legalmente establecidos constituye una infracción muy grave, grave o leve en función del valor del animal. Por debajo de los 4.500 euros, se considera leve y así se tramitó inicialmente. La multa que la acompaña varía entre el 100% y el 150% del valor del ejemplar. Para que se considere delito, la tasación debe superar los 18.000 euros.

Carlos González Antón, asesor jurídico de la Fundación Oso Pardo (FOP), explica que el valor asignado al osezno es tan bajo por tratarse de un plantígrado de Rumanía. El hecho de que los osos pardos sean abundantes en los bosques balcánicos y de los Cárpatos y esté permitido cargar contra ellos escopeta en mano devalúa a 'Aragón'. Allí no se considera una especie en peligro de extinción, como en España, «aunque sí amenazada». La caza está sujeta a condiciones especiales.

Sanciones más duras

Si se tratara de un cachorro español, «el valor establecido sería mucho más alto». No entraría en juego la CITES (Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestres), porque no habría contrabando. Pero la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad permite no sólo imponer una cuantiosa sanción (de entre 200.000 y 2.000.000 de euros) por el comercio y captura de estos animales, sino que exige la restauración del daño. Un osezno como 'Aragón', por estar humanizado, no puede ser reintegrado al medio natural, no sobreviviría, pero el juez podría obligar a los infractores a reintroducir otro oso. En la legislación española, la normativa administrativa «es más dura» que el Código Penal en lo referente a fauna silvestre.

Carlos González es partidario de que «se imponga una sanción ejemplarizante». Según su criterio, los captores de 'Aragón' cometieron «un delito ambiental contra fauna amenazada y cabe aplicar el artículo 334 del Código Penal, en concurso, además, con el delito por contrabando». El artículo al que se refiere el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de León establece penas de prisión de entre 4 y 24 meses por comerciar o traficar con especies amenazadas (oso pardo rumano) y de entre 12 y 24 meses si se trata de las que están en peligro de extinción (oso pardo cantábrico).

Aunque el principio jurídico impide castigar doblemente un mismo hecho, el asesor jurídico de la FOP cree que en este caso sí son compatibles la pena y la sanción administrativa, ya que el mismo acto cometido por los mismos autores sería, sin embargo, constitutivo de dos delitos distintos, uno por tráfico ilegal de una especie amenazada y otro por contrabando. En todo caso, la causa penal prima sobre la administrativa y la segunda no se resuelve hasta que se decide sobre la primera.

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