Borrar
CASTRO URDIALES

El TSJC ratifica la nulidad del proyecto de reparcelación de Santa Catalina

La Sala de lo Contencioso desestima el incidente de nulidad del Ayuntamiento de Castro y le impone una multa de 600 euros, además de las costas procesales

ABEL VERANO

Sábado, 5 de marzo 2011, 01:16

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el incidente de nulidad interpuesto por el Ayuntamiento de Castro contra una sentencia que declaraba nulo el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación SUP-4, en Santa Catalina, donde se levanta el colegio y varias urbanizaciones.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo impone al Consistorio castreño una multa de 600 euros, así como las costas procesales del presente incidente, «dada su grave y evidente temeridad».

El día 8 de noviembre de 2010, el TSJC ya rechazó otro recurso del Ayuntamiento de Castro contra una primera sentencia que en 2008 declaró nulo este proyecto de reparcelación. Se confirmaba así la resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander que anuló por primera vez este proyecto, aprobado por el Ayuntamiento en 2005.

Además, el fallo anulaba el expediente de ocupación directa y los convenios urbanísticos aprobados. La jueza María Dolores de los Ríos estimaba el recurso presentado por la empresa Incos Española S. A., copropietaria de una parcela afectada. También ordenaba al Ayuntamiento retrotraer las actuaciones al momento anterior a la aprobación de los acuerdos urbanísticos.

Según la jueza, se incoó el expediente de ocupación directa de los sistemas generales adscritos al sector SUP-4 para obtener terrenos para dotaciones públicas reconociendo a sus titulares el derecho a integrarse en una unidad de actuación excedentaria, sin encontrarse aprobado el Plan Parcial de la zona, tal y como exige la legislación. Tampoco se publicaron en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) los requisitos necesarios, ni hubo notificación a los interesados. Y tampoco consta que se inscribieran las superficies ocupadas a favor del Ayuntamiento en los términos previstos legalmente.

Respecto a los convenios urbanísticos formalizados para la obtención de parcelas para dotaciones públicas -como el colegio- la sentencia precisó que no se abrió un periodo de información pública sobre el proyecto del convenio, motivo suficiente para declarar su nulidad. El abogado del Consistorio castreño explicó que esta zona es legalizable y lo que habría que hacer es realizar un nuevo proyecto de reparcelación en el que se deberá incluir a la empresa denunciante, que es Incos Española.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

eldiariomontanes El TSJC ratifica la nulidad del proyecto de reparcelación de Santa Catalina