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A. MACHÍN
Jueves, 30 de mayo 2013, 20:35
«Cuando un club desaparezca o deje de competir sin liquidar las deudas antedichas, la obligación en el pago recaerá sobre el club de nueva creación». El texto sale de las modificaciones del Reglamento General de la Federación Española de Fútbol anunciadas esta semana para la próxima temporada y busca, en resumen, evitar el 'truco' de las refundaciones. Aquello de cambiar nombre y escudo y empezar de cero (o comprando la plaza del equipo desaparecido) para acabar de un plumazo con los lastres de las deudas. Hay muchos matices, eso sí, a la hora de la aplicación práctica de la norma en el caso del futuro del Racing. A bote pronto, los conceptos concretos de las deudas a las que se refiere la normativa y, por otro lado, las 'vías' que se pueden plantear para sortearla llegado a una hipotética liquidación del club cántabro y a la puesta en marcha de una institución que recogiera su 'herencia'. Desde las peñas insisten, no obstante, en que, a día de hoy, su objetivo sigue estando más en la «reconstrucción» que en una refundación (que sí está en la 'hoja de ruta' de un sector de la afición). Pero la norma federativa es, en todo caso para unos y para otros, otro giro de tuerca en el cada día más rocambolesco debate del futuro del Racing.
El texto de la Federación especifica las causas para que sortear los 'parecidos' entre clubes desaparecidos y refundados no sea posible. El organismo detectará a los 'herederos' de los clubes desaparecidos si los nuevos disputan sus partidos «en el mismo campo o terreno de juego, incluos en el supuesto de que variara su denominación», si disponen del «mismo domicilio social» y si «alguno de los fundadores o directivos del nuevo club, lo fuera del club desaparecido». También si comparten estructura «deportiva de base», equipación o escudo «similar» y «en general, cualquier indicio que induzca a la confusión entre ambos clubes y cuando exista similitud o identidad objetiva y subjetiva entre ambos clubes». O sea, que, según el artículo 104, si hay conexión la habrá, a partir del 1 de julio, también para pagar lo que se deba anteriormente.
Los matices
Las nuevas normas 'revolotearon' ayer por despachos de abogados, asesores jurídicos y tertulias de aficionados. Fueron impresiones más que estudios pormenorizados (que, lógicamente, aún no existen). ¿En qué afecta al Racing? ¿Qué cambia en los planes? De entrada, ¿qué se tendría que pagar? Ese es el primer 'pero' que pone en su primer análisis la Asociación de Peñas del Racing. Las deudas a las que se refiere el artículo 104 son las que se especifican en el 192. En este apartado se especifica que se trata de deudas «contraídas y vencidas con futbolistas, con técnicos o con otros clubes», además de las cuotas correspondientes a arbitrajes y las propias de la competición. O sea, deudas de fútbol. A juicio de Bernardo Colsa «no queda claro que éstas sean las deudas que arrastraría un Racing 'liquidado'», aunque el presidente de este colectivo sí considera que «el espíritu que motiva la norma está en no dejar escapar impagados por el camino de la refundación».
En este sentido, el abogado y exjugador del Racing Manolo Higuera considera que el matiz no está tanto en el concepto de la deuda (él sí entiende que parte de la deuda del Racing entra de lleno en lo que dice la norma, además de no descartar que esas cantidades sean mayores a final de temporada). A su juicio, en un primer análisis, considera que el 'matiz' está en el hecho de que el club que sustituya a uno desaparecido sea «de nueva creación». «La vía en ese sentido es la de utilizar un club ya existente de Segunda B o de Tercera y cambiar su denominación. Yo creo que eso inhabilitaría todas las limitaciones de las que habla la norma». Otra posibilidad en el horizonte.
Sucesión de empresas
Higuera aclara que esa estrategia dejaría sin efecto la norma federativa, aunque sería necesario salvar los escollos de la «responsabilidad mercantil» que se deriva de la figura de la «sucesión de empresas». O sea, que el presunto 'nuevo Racing' no podría compartir empleados, directivos o estructuras administrativas con el anterior. Colsa e Higuera sí que coincidían en restar importancia al hecho de jugar en El Sardinero como factor de conexión entre club desaparecido y nuevo por su titularidad municipal.
Fueron, en todo caso, sólo las primeras discusiones. Porque habrá más, llegado el caso. La normativa de la Federación en la que anuncia los cambios habla, por ejemplo, de «limitaciones de los clubes en situación de concurso de acreedores en relación con la aspiración al derecho de ocupar una plaza por causas económicas en Segunda B» y el artículo 192 incluye entre las deudas sujetas a las 'herencias' «el cumplimiento de las sentencias firmes dictadas por Juzgados o Tribunales del orden social de la jurisdicción, y cuyo objeto no pueda ser tratado bien por los órganos federativos, bien por las Comisiones Mixtas».
En todo caso, Colsa volvió a insistir en que las peñas sólo barajan la idea de «refundación como la última de las opciones». «Nosotros hablamos de recontrucción, que supone volver a construir sobre lo construído, sobre lo que quede cuando los actuales dirigentes se marchen o se vean obligados a salir».
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