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efe
Sábado, 11 de junio 2016, 17:58
El Ayuntamiento de Piélagos ha presentado un recurso de reposición ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) contra el auto de este mismo tribunal del pasado 30 de mayo sobre el procedimiento para la demolición de 22 viviendas en Liencres.
En ese auto, el TSJC acuerda no plantear, por el momento, la cuestión de inconstitucionalidad del artículo 108.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa que exige, como paso previo a la demolición, la prestación de garantías para responder a las indemnizaciones.
Sí establece la suma de las garantías que se han de prestar para asegurar el pago de las indemnizaciones a los propietarios, que será la resultante de incrementar en un 30% el precio de adquisición de cada una de las viviendas, y advierte al Ayuntamiento de Piélagos de que si no consigna la cantidad será apercibido y se le podrán imponer multas.
En el recurso de reposición, al que ha tenido acceso Efe, el Consistorio considera el auto "no ajustado" a Derecho y es "perjudicial" para los intereses del municipio, por lo que plantea una serie de alegaciones.
Así, sobre la exigencia, como condición previa a la demolición, de la prestación de garantías suficientes para responder al pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe, bajo el criterio del municipio se "dejan sin responder determinadas dudas" y, en concreto, apunta que "ni siquiera" señala cuál de las partes procesales debe prestar esas garantías.
Artículo 108.3
El Consistorio señala en el recurso que el artículo 108.3 de la Ley lo que pretende es "reforzar" la obligación del Ayuntamiento de Piélagos del pago de las indemnizaciones aunque determinando los beneficiarios y su importe.
Por ello, se considera que el paso previo, "lógico y natural", es determinar esa indemnización, además de los sujetos obligados y los sujetos acreedores de la misma, algo que, en opinión del Ayuntamiento de Piélagos, no se establece en el auto del TSJC del pasado 30 de mayo.
También hace referencia al convenio firmado entre el Consistorio y el Gobierno de Cantabria según el que, "sin perjuicio de la posterior liquidación entre administraciones", corresponde al Ejecutivo regional el pago de las indemnizaciones derivadas de la responsabilidad patrimonial resultante, incluso los daños morales y el coste de las demoliciones.
Otra de las alegaciones tiene que ver con que el auto del TSJC establece que se debe informar al interventor de la cuantía que se debe consignar para hacer frente a las indemnizaciones, a quien se requerirá "personalmente" para que proceda a la consignación del crédito correspondiente en un plazo de tres meses.
En este sentido, el recurso aduce que la elaboración del presupuesto corresponde a la Alcaldía y su aprobación y examen al pleno, por lo que la tarea del interventor se limita a informar el presupuesto y no puede, por tanto, proceder a la consignación de crédito en un presupuesto cuya elaboración ni aprobación "le corresponde".
Por todo ello, pide que acuerde la suspensión de la ejecución de la sentencia de noviembre de 2000, que declara nulas las licencias y ordena el derribo de las 22 viviendas de Liencres, hasta dar "exacto cumplimiento" a lo que dispone el artículo 108.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Es decir, exigir, como paso previo a la demolición, la prestación de garantías para responder a las indemnizaciones pero atendiendo a las alegaciones presentadas en el recurso de reposición.
Fuentes municipales han explicado a Efe que el recurso se ha presentado porque, a juicio del Ayuntamiento de Piélagos, hay puntos en el auto del TSJC que son "indispensables" que se revisen "uno a uno" y, en "muchos" de ellos, "no hay una justificación".
También han considerado que el tribunal debería elevar la cuestión al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la constitucionalidad o no del artículo.
Además, han reiterado que el presupuesto de 2016, actualmente en fase de negociación, "incluirá" una partida destinada al pago de las indemnizaciones.
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