

Secciones
Servicios
Destacamos
Pilar Chato
Miércoles, 3 de febrero 2016, 18:16
Un total de 472 núcleos pertenecientes a 68 municipios de la región se libraran del pago del Canon de Saneamiento. No tiene ninguna instalación de saneamiento o depuración y por tanto el Gobierno regional entiende que deben quedar exentos de esta tasa que grava los usos domésticos del agua.
La medida está relacionada con el desacuerdo del actual Ejecutivo con la Ley de Aguas y el cobro universal del canon de saneamiento incluido en ella que entró en vigor el 1 de enero del año pasado. La normativa del PP se basaba en el principio de que quien contamina paga y establecía que el impuesto de residuos no solo debe recaudarse en las viviendas conectadas a la red de saneamiento regional, sino también en las poblaciones que no lo están. Para compensar el hecho de que aquellas que no disfrutaban del servicio también pagaban, el Gobierno se ofreció a limpiar de forma gratuita sus fosas sépticas, en tanto en cuanto se construían los saneamientos. Pero la solución no gustó nada al PSOE, entonces en la oposición, y ahora ha revertido esta situación desde el Gobierno mediante la orden publicada este miércoles que declara exentos a estos 472 núcleos de población.
Para fijar esta exención el Gobierno regional se ha acogido a la propia ley que en una disposición transitoria segunda da potestad a la Consejería de Medio Ambiente para "suspender la aplicación efectiva del canon de agua residual doméstica por no contar en el núcleo con ninguna instalación de saneamiento o depuración de aguas residuales". Ahora el Ejecutivo lo que ha hecho es una lista de los que se salvan de pagar el impuesto.
Según recoge la orden, se trata de los municipios de Alfoz de Lloredo (7 núcleos), Ampuero (8 núcleos), Anievas (1), Arenas de Iguña (6), Arnuero (1), Arredondo (10), Bárcena de Cicero (3), Bárcena de Pie de Concha (1), Bareyo (1), Cabezón de la Sal (2), Cabezón de Liébana (12), Cabuérniga (2), Camaleño (11), Campoo de Enmedio (11), Campoo de Yuso (14), Cartes (5), y Castro Urdiales (4).
También se incluye en el listado los municipios: Cillorigo de Liébana (12), Comillas (1), Corvera de Toranzo (10), Entrambasaguas (1), Escalante (1), Guriezo (10), Hermandad de Campoo de Suso (24), Lamasón (8), Laredo (6), Luena (29), Marina de Cudeyo (1), Miera (5), Molledo (1), Penagos (1), Peñarrubia (5), Pesaguero (10), Pesquera (2), Polaciones (12), Potes (1), Puente Viesgo (2), Ramales de la Victoria (1), Rasines (9), Reocín (5), Ribamontan al Monte (2), Rionansa (15), Riotuerto (5), Ruente (4), y Ruesga (6),
La relación de municipios a los que afecta esta medida se completa con San Felices de Buelna (1), San Pedro del Romeral (10), San Roque de Riomiera (3), San Vicente de la Barquera (6), Santillana del Mar (1), Santiurde de Toranzo (9), Saro (2), Selaya (3), Soba (19), Solórzano (5), Suances (1), Torrelavega (2), Udías (7), Valdáliga (4), Valdeolea (12), Valdeprado Del Río (5), Valderredible (52), Valle de Villaverde (6), Vega de Liébana (16), Vega de Pas (5), Villacarriedo (7), Villafufre (3) y Voto (5).
La orden publicada en el BOC señala que la exención será efectiva a partir del próximo 1 de abril. Para beneficiarse de esta medida las entidades suministradoras y ayuntamientos deberán presentar el padrón de la tasa de abastecimiento de agua, en formato excel, por correo electrónico a canondesaneamiento@cantabria.es, o bien mediante remisión de un disco compacto al Servicio de Tributos de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, dos semanas antes de la fecha de inicio de cada periodo de facturación. A medida que los núcleos y municipios dispongan de instalaciones de saneamiento o depuración de sus aguas residuales deberán pagar la tasa que grava la depuración de las aguas residuales domésticas.
La anterior Ley, elaborada por PRC-PSOE y que funcionó durante ocho años hasta diciembre del año pasado, ya contaba, precisamente, con una relación de núcleos de exclusión, que dejaba fuera del desembolso del canon a quienes no recibían el servicio.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.