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efe
Miércoles, 28 de septiembre 2016, 13:54
La Audiencia de Cantabria ha confirmado la condena de un año, ocho meses y quince días de cárcel impuesta a un conductor sin puntos en el carné que adelantó peligrosamente a un vehículo y a un motociclista, se encaró con ellos parando su coche en la carretera, y persiguió al ocupante de la moto mientras amagaba con tirarlo.
La Audiencia ha rechazado el recurso que planteó la defensa de este hombre contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, que ya le había impuesto esa misma condena por delitos de conducción temeraria y sin permiso por pérdida de puntos.
El periplo del condenado
Según se recoge en la sentencia, los hechos ocurrieron en agosto de 2014, cuando el acusado, que había perdido todos los puntos del carné de conducir, circulaba por la CA-180, en Mazcuerras.
Primero, este conductor adelantó peligrosamente en una zona prohibida por línea continua a un motociclista, al que además obstruyó el paso.
Después, en una curva con escasa visibilidad, realizó otro adelantamiento prohibido a un vehículo que a su vez estaba adelantando a un ciclista, con lo que los tres quedaron en paralelo.
Cuando ese conductor al que se puso a adelantar le encendió las luces largas para recriminarle la maniobra, el acusado detuvo su coche en pleno carril de circulación, con lo que obligó a otros vehículos a parar.
El acusado se bajó de su turismo y se encaró con el otro conductor, y además también tuvo un altercado con el motociclista al que había adelantado antes, quien aprovechó que estaba interrumpida la circulación para reprocharle su forma de conducir.
Pero tuvo que huir porque el acusado lo persiguió, interponiéndose en su trayectoria y frenando bruscamente y realizando maniobras de desplazamiento lateral intencionadas, amagando con tirarlo al suelo.
A raíz de estos hechos, el motorista sufrió abrasiones y contusiones en varias partes del cuerpo, que precisaron diez días para curarse.
El Juzgado de lo Penal impuso al acusado una condena de un año, ocho meses y quince días de cárcel, además de la privación del derecho a conducir durante tres años y medio.
También le condenó a pagar una indemnización de 954 euros al motorista.
Recurso de la defensa
La defensa presentó un recurso contra la sentencia del Juzgado, en el que alegaba error en la valoración de la prueba y que no concurrían los requisitos de jurisprudencia para la conducción temeraria.
También argumentó que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y cuestionó el reconocimiento fotográfico que se hizo en sede policial, porque no hubo otro judicial.
La Audiencia rechaza esos argumentos y destaca que la sentencia del Juzgado describe "minuciosamente" las acciones del acusado que constituyeron ese delito de conducción temeraria.
Se refiere así a los adelantamientos, a que se parara en mitad de la calzada "de forma chulesca y peligrosa", o a la persecución al motorista y los "amagos para tirarlo al suelo".
"Si todas esas acciones no constituyen conducción temeraria, entonces no entendemos qué entiende el recurrente como tal", se recoge en la sentencia de la Audiencia.
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