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Lunes, 7 de noviembre 2016, 17:35
Trillar la ley hasta obtener el trigo limpio. Así, año tras años hasta que por fin la Audicencia de Cantabria ha conseguido sentar esta mañana a los 12 acusados de una de las mayores estafas por falsedad documental y evasión de impuestos que se recuerdan en la región. La operación se remonta a 2007, pero no ha sido hasta hoy cuando la Fiscalía, que pide en total para ellos más de 80 años de cárcel y multas millonarias por una treintena de delitos, cuando ha podido iniciar este proceso relacionado con la evasión de impuestos a través de sociedades "pantalla" y en el que también está personada como acusación la Agencia Tributaria.
La titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander ha rechazado la solicitud de las defensas de dos de los acusados para anular las escuchas telefónicas autorizadas por el juez instructor hace casi diez años. La defensa de uno de los principales acusados, el abogado Rodolfo M.P., considerado por la fiscalía como el 'ideólogo' de la operación, ha ido más allá y ha pedido también la anulación de todo el procedimiento alegando que el auto de incoación de diligencias previas no tiene la firma del secretario judicial. A lo que la jueza ha contestado que eso puede ser un "defecto procesal", pero no puede suponer la nulidad de las actuaciones.
La jueza también ha acordado alterar el orden previsto y comenzar no por la declaración de los acusados, sino con la audición de las escuchas telefónicas y la lectura de las declaraciones efectuadas ante la policía y el juez instructor por un acusado fallecido, Antonio L.G.; y de la persona que ejerció como "testaferro" y administrador de muchas de las empresas "tapaderas", José Ángel C.I., cuya causa fue archivada por padecer alzheimer. Algunas de las conversaciones telefónicas ponen en evidencia que el abogado daba las órdenes a José Angel, le indicaba lo que debía hacer y decir e incluso en algún momento le advirtió de que hay cosas que "no conviene hablar por teléfono".
En las declaraciones en sede policial y judicial, José Angel testificó que era el administrador de cuatro empresas aunque "han podido falsificar su firma en otras"; que sólo firmaba facturas, que por ello le daban "propinas de 500 euros o más"; que iba al banco con el abogado a cobrar talones y le daba el dinero; que "tenía situación de hambre y de algo tenía que vivir"; que con lo que le daban por hacer estos trabajos y su pensión de 600 euros "empezó a respirar"; y que le han tratado "siempre bien".
El testaferro, que vivía de alquiler en un bungalow en Laredo, señaló también que le utilizaban porque "daba menos el cante", y que Rodolfo, el abogado, "era el único que tenía personalidad para que las cosas marcharan bien". Además, añadió que no era informado del volumen económico de las operaciones, y que "podía sospechar" que se trataba de sociedades "inexistentes" pero "no tenía ni idea".
El "hombre de paja"
Por su parte, el acusado fallecido, Antonio L.G., que era administrador mancomunado de una sociedad junto con otro de los principales acusados, José Antonio L.G., testificó en el año 2007 que él solo era un "hombre de paja", y que "lo gordo" lo hacían su socio José Antonio y el abogado, que eran quienes "llevaban las facturas" junto con José Angel C.I.
Antonio L.G., para el que la fiscalía solicitó inicialmente diez años de cárcel, ha declarado también que no tenía una asignación fija, que participó en cuatro operaciones de compraventa de fincas en Pontejos, Peñacastillo y Cacicedo, y ganó con ellas 16 millones de pesetas que no declaró. Como ejemplo afirmó que compraban una finca por la mañana por 480.000 euros y la vendían por la tarde por 901.000.
El abogado, "eje y referente"
Según recoge la Fiscalía en su escrito de acusación, en torno a los años 2002 y 2003, el abogado Rodolfo M.P. se convirtió en el "eje y referente de un plan" para ofrecer a personas físicas o jurídicas dedicadas al tráfico inmobiliario de todo tipo, una fórmula que les permitiera eludir el pago de impuestos como el IVA, el IRPF o el Impuesto de Sociedades. Todo ello a través de empresas "pantalla", y a cambio de una contraprestación económica, que generalmente consistía en un porcentaje de participación en las comisiones o ganancias derivadas de las operaciones inmobiliarias.
José Angel C.I. aceptó a petición del abogado -según el relato del fiscal-, aparecer como administrador y representante legal de múltiples sociedades "tapadera", como 'Minalcolm' y otras, convirtiéndose en su "testaferro y cabeza visible de muchas de las operaciones" investigadas en esta causa. El fiscal solicita para el abogado 25 años de cárcel y multa de 2,3 millones de euros en calidad de cooperador necesario, por diez delitos, ocho de ellos contra la Hacienda Pública y dos continuados de falsedad en documento mercantil.
Más pena pide para José Antonio L.G., un participante en dicha trama al que la Fiscalía acusa de diez delitos, de los que también ocho son contra la Hacienda Pública y dos continuados de falsedad en documento mercantil, por los que pide 27 años y multa de 2,3 millones. Para los otros diez imputados (J.J.R.G., J.J.O.M., E.P.L., J.R.R.R., M.C.A, T.C.L, C.B.P, R.A.B., R.U.M y JF.P.G), todos considerados autores de delitos continuados de falsedad por documento mercantil, la Fiscalía pide un total de 17 años y 6 meses.
Nuevos intentos para dilatar
Además de pedir la nulidad de las escuchas y del conjunto de las actuaciones por carecer el auto inicial de la firma del secretario judicial, la defensa del abogado ha cuestionado la validez de las diligencias administrativas de la Agencia Tributaria y que se haya respetado la cadena de custodia de los documentos, entre otras cosas por el incidente en el que entró agua por una claraboya en la sede de la Agencia Tributaria y se mojaron parte de los documentos.
Tanto la fiscal como la letrada de la Agencia Tributaria han subrayado que no se ha vulnerado en ningún momento la cadena de custodia ni se ha causado indefensión a los acusados. Además, han destacado el hecho de que las defensas, y en particular la del abogado, no hayan planteado estas cuestiones en ninguna fase de la instrucción, que se ha prolongado durante casi diez años. La jueza ha añadido que aún en el caso de que se hubiera producido una infracción en la cadena de custodia, ello no determinaría la nulidad de esta prueba documental.
Los continuos recursos de los acusados han conseguido "dilatar de forma indeseable" durante varios años los continuos recursos de los acusados contra resoluciones judiciales de mero trámite. La instrucción de este caso inicialmente se planteó contra el blanqueo de capitales y en el que no se ha logrado acreditar la existencia de un grupo organizado, según admite la Fiscalía.
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