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consuelo de la peña
Miércoles, 7 de diciembre 2016, 07:15
El nuevo marco jurídico creado por el Gobierno regional, a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, podría desbloquear el conflicto que enfrenta a los afectados por la Ley de Montes, que llevan más de una década reclamando la propiedad de las parcelas que ... ocupan en montes de utilidad pública, con la Administración. El Ejecutivo ha ampliado los medios de prueba para acreditar el pleno dominio de las fincas, de manera que una escritura ante notario o un testamento bastarán para determinar la pertenencia en favor de los afectados.
el testimonio
José Luis Rubio, un afectado de Cartes, es el paradigma del rodillo de la Administración ante el problema derivado de la Ley de Montes de 2003. Cuenta que heredó una finca en San Miguel de Cartes. Y para probarlo dispone del testamento que redactó su abuelo en 1958 en favor de sus doce nietos y de una escritura de propiedad ante notario, que «no se pasó por el Registro porque antes no se hacía». José Luis, que ahora tiene 64 años y es pensionista, emigró a Holanda para ganarse la vida y con sus ahorros se construyó una casa en la parcela para disfrutar de la jubilación. El Ayuntamiento le dio todos los permisos y licencias, pero «cuando fui a escriturar la vivienda me dijeron que la finca no era mía porque estaba en un monte de utilidad pública». Eso ocurrió en 2008 y desde entonces ha batallado para reclamar la propiedad.
Rubio, junto a otros afectados de Cartes, municipio con más de 50 perjudicados, permaneció «un año entero durmiendo en los soportales del Ayuntamiento como medida de protesta, pero al final tiré la toalla». Dice que recientemente habló con el alcalde para ver si había novedades y le pidió paciencia porque «iba a haber novedades», pero ignora que el marco jurídico del conflicto ha cambiado y que se vislumbra una solución en el horizonte. «Ojalá, pero ya no me creo nada», musita escéptico.
Hasta ahora, el Ejecutivo únicamente reconocía la propiedad privada si las parcelas en litigio figuraban inscritas en el Registro de la Propiedad. La Administración regional despreciaba así otros medios de prueba en poder de los particulares, en su mayor parte escrituras de compraventa ante notario, testamentos o declaración de herederos, y levantaba un muro prácticamente infranqueable frente a los argumentos probatorios de la Dirección General de Montes. Es decir, si las fincas en litigio aparecían enclavadas dentro del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, que data de 1902, de nada le servía al particular exhibir testamentos de antepasados, escrituras privadas, pagos de contribución, certificados de juntas vecinales o la declaración de testigos, porque su reclamación estaba abocada al fracaso ante la Administración y, casi siempre, en los tribunales. Porque si el afectado acudía finalmente a un procedimiento civil para reclamar la propiedad de las fincas que heredó de sus abuelos, por ejemplo, el juez, casi de forma sistemática, hacía prevalecer la anotación registral y el Catálogo frente a la prueba privada. Ese desequilibrio en favor de la Administración se rompe ahora, al dar al afectado la posibilidad de discutir la propiedad frente a Montes en igualdad de armas.
Esta situación, que se arrastra desde que en 2003 la nueva Ley de Montes exigió a los particulares acreditar la titularidad de las parcelas en los montes de utilidad pública, enfrentó a los afectados con la Administración regional en las sucesivas legislaturas. No en vano, 45 de los 102 municipios de Cantabria cuentan con montes de utilidad pública y en casi todos ellos hay afectados, aunque son los de Voto, Soba, Ampuero, Valdáliga, Cartes, Valderredible y Cabezón de la Sal los que concentran el mayor número de afectados.
Durante años, los particulares, agrupados en torno a la Plataforma de Afectados por la Ley de Montes, protagonizaron encierros y manifestaciones para que la Administración regional les reconociera los títulos de propiedad, pero sin éxito. En 2012, con el Gobierno del PP, un informe jurídico limitaba los elementos probatorios a la inscripción en el Registro de la Propiedad. Sin ese documento, los afectados no podían reclamar nada. Pero, con el nuevo Ejecutivo de PRC-PSOE, la Dirección General de Medio Natural solicitó en diciembre del año pasado un nuevo informe jurídico a la luz de sentencias aisladas que se habían producido en Cantabria. En esas estaban los técnicos cuando el pasado mes de febrero el Tribunal Supremo dictó una novedosa sentencia que amplía los medios de prueba de la propiedad de las fincas de montes.
Según señaló ayer a este periódico el director de Medio Natural, Antonio Lucio, su departamento va a revisar ahora todos los expedientes ya resueltos en base a los nuevos criterios de prueba. Aunque todavía no se ha producido ninguna resolución «la primera se producirá en breve», Lucio cree que el nuevo marco jurídico «favorecerá» que los casos se resuelvan en favor de los particulares. Pero advierte de que será un proceso largo porque «hay que estudiar caso por caso, y no todos son iguales». Además habrá que comprobar que los lindes de las escrituras coinciden con los del Catálogo.
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