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Sábado, 30 de diciembre 2017
Tres acusados de robar cable de cobre, para los que la Fiscalía pedía 5 años de cárcel y a los que consideraba los líderes de un grupo criminal, han sido absueltos porque la juez entiende que no hay pruebas suficientes para imponer una condena.
El ... Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha dictado esta sentencia absolutoria, contra la que cabe recurso, y que exime de las penas solicitadas por la Fiscalía y las acusaciones a los tres encausados, de nacionalidad rumana.
El Ministerio Fiscal pedía para estos acusados un total de quince años de cárcel, cinco para cada uno de ellos: cuatro años por robo continuado y seis meses más por pertenencia a grupo criminal. Según la Fiscalía, uno de ellos era el cabecilla de la organización y los otros dos sus lugartenientes.
Se les acusaba de sustraer en abril de 2015 más de 2.500 metros de cable de cobre en la A-8, valorados en más de 22.000 euros, y de seguir robando cableado de esa misma vía en los días siguientes, por valor de nuevo de más de 22.000 euros.
También estaban acusados de robar un mes después artilugios de hierro en una fábrica de campanas en Gajano (Marina de Cudeyo), y de robar cable en la fábrica de Santal de Astillero, donde se denunciaron daños por casi un millón de euros por estos hechos.
Los acusados fueron detenidos dentro de la denominada 'Operación Pálida' y se les intervinieron siete vehículos.
Sin embargo, en una sentencia el Juzgado absuelve a estos tres hombres porque no hay «pruebas de cargo suficientes» en su contra.
La juez de lo Penal acoge argumentos de la defensa, del despacho Fernández Garrido, y subraya que ninguno de los acusados fue visto cometiendo los robos.
También llama la atención en que la única prueba de su supuesta autoría son las manifestaciones de los agentes investigadores, que se hacen eco de lo que dijeron otras personas que, no obstante, no fueron llamadas a declarar en el juicio.
La juez entiende además que el informe sobre los posicionamientos de móviles que incautaron a los encausados en su detención, y que los sitúan en los lugares de los hechos cuando se cometieron los robos, no son suficientes para sustentar la condena, porque son números que pertenecen a personas distintas de estos acusados.
Por ello la sentencia es absolutoria, aunque se puede presentar recurso a la Audiencia de Cantabria.
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