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La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un joven de 22 de años acusado de abusar y agredir sexualmente a una chica de 20 ... años con la que mantenía relaciones esporádicas, hechos por los que la Fiscalía solicitaba 18 años de cárcel y 9.000 euros, y la acusación particular, 20 años y 71.680 euros de indemnización. El acusado fue juzgado a finales de abril en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria. Allí, el Ministerio Público sostuvo que «en dos ocasiones el procesado, con ánimo libidinoso y a pesar de la negativa de la mujer, le introdujo su pene en la boca y la segunda vez, además, los dedos en la vagina, lo que cesó tras la insistencia reiterada de ella para que parara».
Un año después, según el fiscal, cuando ya no mantenían relaciones sexuales, el acusado y la víctima se encontraron en una fiesta y cuando se quedaron solos él «la cogió del pelo, la empujó poniéndola de cara a la pared, y comenzó a besarla con fuerza». Entonces, aprovechando que ella «estaba inmovilizada, le introdujo la mano por debajo de la ropa y seguidamente los dedos en la vagina». Días después, le envió un mensaje pidiendo perdón a la mujer, que sufrió un trastorno de estrés postraumático y tiene secuelas. Sin embargo, para la Sala no ha quedado acreditado ninguno de estos hechos «al no haberse practicado prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir la presunción de inocencia que amparaba al procesado, no resultando a dicho fin suficiente el testimonio prestado en el juicio por la denunciante y por el resto de los testigos, ni la prueba documental y pericial practicada, por cuanto carecen de suficiente valor a efectos incriminatorios».
Según recoge la Audiencia en su sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, el acusado negó rotundamente las acusaciones sostenidas frente él, no habiéndose contado en el plenario con el testimonio de ninguna persona que presenciara ningún acto de naturaleza sexual entre el acusado y la denunciante.
El tribunal explica que la pruebas practicadas en el juicio han consistido en la declaración exculpatoria del acusado, el testimonio prestado por la denunciante, por los padres de ambos, así como por varios amigos de ambos, habiéndose contado asimismo con la prueba pericial prestada por los peritos forenses y por la psicóloga que viene tratando a la chica desde hace meses. De igual modo, entre la prueba documental obrante en la causa hay conversaciones de WhatsApp.
La Sala entiende que la supuesta víctima ha incurrido en «modificaciones sustanciales en su relato en relación con los tres incidentes» que se afirma tuvieron lugar en el mes de septiembre de 2021 y el 1 de noviembre de 2022, «encontrándonos por tanto con que su testimonio no cumpliría con el requisito inicial de la persistencia en la incriminación exigido por nuestra jurisprudencia, careciendo asimismo de suficiente corroboración periférica».
La Sala no descarta que la denunciante haya actuado contra el joven «por motivos espurios» y para ello se basa en un encuentro que mantuvieron ambos después de que se dictara auto de procesamiento frente a él. Según relató ella en el juicio, en ese encuentro él la preguntó por qué le había denunciado y le recriminó a ella que lo había hecho por venganza ya que se había liado con una amiga de ella. Tras practicar sexo se quedaron hablando sobre lo que había sucedido, dijo ella. Sin embargo, un testigo apuntó que el acusado la evitó ese día y que ella se acercó a «dar puñetazos» a un amigo, mientras que otro testigo afirmó que se encontró con la supuesta víctima meses después y le contó que había denunciado al acusado «porque se había portado mal con ella», notándola «celosa y despechada».
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