Cómo le afectará la Ley de Bienestar Animal
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Algunos de los puntos han generado controversia, otros, el rechazo de la ganadería, y otros necesitarán reglamentos¿Tengo que contratar un seguro para mi chihuahua? Si tengo un perro pastor, ¿puedo dejarlo al cuidado de mi rebaño varios días? ¿Podré tener crías de mi gato para regalárselas a familiares y amigos? Si fallece mi mascota, ¿puedo enterrarla o debo notificarlo?
Las ... preguntas que suscita la nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada la pasada primavera y que entra en vigor el 29 de septiembre, no son pocas. Y si hay dudas no es una cuestión de falta de comprensión. Es la propia legislación, que ha dejado abiertas o sin mucha concreción algunas de las claves. La primera de todas: qué animales se encuentran en la llamada 'lista positiva', es decir, los que entrarán como beneficiarios de esta ley.
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Por supuesto. La nueva legislación afecta a la llegada de animales que tengan a partir de la entrada en vigor de la ley. Sin embargo, será necesario registrar y notificar a los que ya viven contigo. En la actualidad, el Registro de Animales de Compañía de Cantabria (RACIC) tiene catalogados más de 260.000 entre perros, gatos y hurones. De ellos, la gran mayoría son perros: más de 247.600; otros 11.000 felinos y 556 hurones.
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Aunque la legislación entra en vigor en poco más de un mes, hay parte del articulado que está en el aire y depende de una regulación reglamentaria posterior. Entre los temas que necesitan de mayor profundidad es el tipo de especies afectadas, la llamada 'lista positiva'. Según el tipo de especie, el Gobierno se ha marcado distintos plazos. Para animales silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía hay 24 meses para regularlo. En el caso de mamíferos silvestre, hay un plazo de 12 meses para su reglamentación y para otros grupos de animales silvestres (aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados) que quedan incluidas en el listado positivo de animales de compañía el plazo llega a los 30 meses.
Por el momento, la Ley ya establece que pueden ser considerados animales de compañía Perros, gatos y hurones, las ya incluidas en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, las que se incluyan en los citados listados positivos, las aves de cetrería, animales de acuariofilia que no están incluidas en listados de especies invasoras o especies silvestres no presentes de forma natural en España.
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Sí. La legislación señala que «en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados». Este punto, uno de los que más controversia ha generado, aún necesita ser desarrollado mediante un reglamento.
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Hasta ahora es más o menos tradicional buscar un espacio bonito y familiar para sepultar el cuerpo del miembro familiar. La normativa recoge que, a partir de ahora, la baja de un animal de compañía por muerte tendrá que ir acompañada del «documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente» para la realización de dichas actividades. En ese documento deberá aparecer tanto la identificación del animal como de su persona responsable o de la empresa que se ocupó del cadáver.
Desde el Colegio de Veterinarios de Cantabria, su presidente Fernando Ruiz Sarabia señala que «el proceso de notificación es igual que ahora», ya que la legislación actual lo contempla del mismo modo. Se incluye en una base de datos y «el animal tendrá que ser trasladado para su entierro o incineración por una empresa autorizada».
Además la nueva ley es clara en cuanto al sacrificio ya que «establece la prohibición del sacrificio de animales de compañía, excepto en los supuestos contemplados en esta ley, siempre realizada por un veterinario, no permitiendo que sean sacrificados los animales por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones».
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Raúl Villalón, secretario general de Asaja en Cantabria, apunta que afectará más a «producciones intensivas que al modelo de ganadería convencional que tenemos en Cantabria». Sobre todo cree que tendrá efectos en granjas de pollos, gallinas, conejos o el porcino, porque «habrá que tomar medidas». Sin embargo, en Cantabria no son ganaderías muy habituales, y destacan por su parte la ovina, la caprina y la bovina con más de 18.000 explotaciones según el último censo agrario realizado por el ICANE.
«En el caso del vacuno de leche las condiciones de bienestar animal ya están implantadas, porque son para la producción y tienen un nivel muy por encima de lo que marca la normativa», señala Villalón. En el caso de las explotaciones avícolas, por ejemplo, impactará en «la exigencia de mayor superficie» para tener a los animales fuera de jaulas. Por tanto, el secretario de Asaja cree que afectará a las posibilidades de «crecimiento, ya que la disponibilidad de más espacio será un factor limitante».
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La normativa lo señala así: los gatos deben estar esterilizados y con su microchip de identificación obligatorio. Se les debe esterilizar, en caso de nuevas incorporaciones, antes de los seis meses y solo se excluirán de este grupo aquellos registrados como reproductores. También deberá registrarse, vacunarse y esterilizarse a los gatos que ya formen parte de las familias. «Los animales que no están identificados están huerfanos», advierte Ruiz Sarabia, que incide en la importancia de que todos los animales tengan su cartilla de vacunación al día
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Este punto necesitará de un desarrollo reglamentario posterior, ya que todavía no están incluidas en el 'listado positivo'. En el aire, además, está si la reglamentación establecerá un mínimo de gallinas para que esta legislación sea de aplicación. Ruiz Sarabia recuerda que «son animales de producción aunque sean domésticos y la gestión de cadáveres se debe hacer de forma oficial», como la de otros animales como perros o gatos.
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La legislación prohíbe las eutanasias cuando «hay tratamientos curativos o paliativos» que pueden ser de aplicación, apunta el presidente del Colegio de Veterinarios de Cantabria, que recuerda que «la eutanasia sí que estará justificada cuando hay causas que comprometen la calidad de vida del animal». El procedimiento clínico, eso sí, debe «ser tutelado por un veterinario en toda situación».
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