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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander, mediante un auto fechado el 17 de junio de 2024, ha desestimado la solicitud presentada por el Gobierno de Cantabria de suspender el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo de 6 ... de marzo de 2024 por el que decidió suspender el otorgamiento de licencias con el fin de estudiar la modificación del PGOU de San Miguel de Aguayo a los efectos de dotar de la debida protección a los suelos rústicos de especial protección del municipio y preservar sus valores naturales, especialmente los ecológicos y paisajísticos. Aunque la Justicia no ha entrado al fondo del asunto, lo que sí ha hecho es desestimar las medidas cautelares que solicitó la Consejería de Fomento, que entendía que ese acuerdo plenario era «ilegal».
El Auto da la razón al Ayuntamiento, que alegó «que la adopción de la medida cautelar podría suponer una perturbación grave de los intereses generales, al desprotegerse los suelos rústicos de especial protección y la adopción de la medida resultaría contraria al principio de precaución». El Juzgado da la razón al Ayuntamiento en esta primera batalla judicial y entiende que la solicitud del Gobierno de Cantabria no puede estimarse puesto que «su adopción produciría daños medioambientales irreparables» y que carece de sentido la pretensión del Gobierno de Cantabria de dejar sin efecto la suspensión de licencias acordada por el Ayuntamiento únicamente a los parques eólicos, pero no respecto del resto de las suspensiones puesto que ello supondría «una perturbación grave del interés general».
La decisión del pleno ya está teniendo efectos prácticos en el caso de la obra del parque eólico de El Escudo, cuyos trabajos comenzaron el lunes por los municipios de Molledo, Luena y Campoo de Yuso, pero no en Aguayo, donde el proyecto está en 'stand by'. En caso de que la Justicia mantenga su criterio, la negativa de Aguayo a dar licencias para eólicos en suelo rústico de su término municipal afectaría también a otros cuatro parques proyectos y con visos de prosperar.
Además, el Juzgado considera que el retraso en la ejecución de los parques eólicos no supone originar unos perjuicios de difícil reparación, dado que los procedimientos administrativos se llevan tramitando desde hace más de 7 años y no se ha acreditado cuales son dichos perjuicios. De este modo, la suspensión de licencias acordada por el Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo sigue desplegando sus efectos mientras se tramita la modificación del PGOU con la finalidad de dotar de una mejor y más eficaz protección a los suelos rústicos de especial protección del municipio.
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