![Dos ex altos cargos del Servicio Cántabro de Salud, imputados por presunta prevaricación administrativa](https://s3.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/202006/26/media/collage-rojo-gonzalez-648.jpg)
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Alejandro Rojo, exdirector gerente de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud (SCS), y Francisco Javier González Gómez, quien fuera subdirector de Gestión Económica e Infraestructuras, han sido imputados por el Juzgado de Instrucción número 5 de Santander por presuntas irregularidades cometidas en la contratación de obras y servicios por parte del SCS entre 2015 y 2017.
La juez de instrucción entiende que hay «indicios racionales de criminalidad» para imputar por presunta prevaricación administrativa a estos dos ex altos cargos sanitarios que trabajaron en la etapa de María Luisa Real (PSOE) al frente de la Consejería, y abre ahora la fase de juicio oral una vez concluida la investigación.
Tanto Rojo como González Gómez presentaron la dimisión en sus cargos como consecuencia de la citada investigación.
También ha sido imputado el asesor exterior, Álvaro Sáenz de Veteri, que había colaborado en la valoración de varios contratos del SCS, pero falleció a principios de mayo, con lo que su presunta responsabilidad penal se extingue.
En el auto, al que ha tenido acceso El Diario Montañés, el juzgado atribuye a González Gómez la contratacion de Sáenz de Viteri y su hija para la realización de «cinco encargos» por un importe total de 84.619 euros, recurriendo a contratos menores para «eludir el procedimiento legalmente establecido, fraccionando el importe total y evitando así la publicidad y libre concurrencia».
En concreto, la juez explica que a instancias del subdirector de Gestión Económica la gerencia de Atención Primaria del SCS contrató al asesor, y que para eludir el procedimiento legalmente establecido se tramitaron cinco contratos menores: tres encargados a esa persona y dos a nombre de su hija. Así, según la instructora, se evitó la publicidad de los contratos y la libre concurrencia, pese a que los pagos globales que generaron fueron superiores a los 80.000 euros.
Igualmente, se atribuye a González y Rojo recurrir de nuevo al contrato menor para adjudicar a tres empresas (Gardenor, Iralia y Serincopsa) las «obras de reparación, mantenimiento y conservación» de cuatro centros de salud (Dávila, San Vicente, Dobra y Zapatón), por un importe superior a los 157.000 euros, pese a estar vigente el contrato con la empresa Elecnor para el mismo fin. «De nuevo se produce el fraccionamiento del objeto del contrato, al tramitar como contratos menores, cuantías que en su conjunto, superan las establecidas en la normativa para la figura del contrato menor», refleja el juzgado. Apunta la jueza qie se contrató a las citadas empresas a propuesta del que era subdirector de Gestión Económica y con la firma del entonces gerente de Atención Primaria.
El juzgado también atribuye al subdirector de Gestión Económica la compra de 22 ecógrafos a las empresas Sakura y Esaote, pero en lugar de hacer en un solo lote para que salieran más baratos, la adquisición de los aparatos se troceó, a pesar de que eran idénticos y no había urgencia alguna para adquirirlos, contraviniendo así la legislación. «En el mes de diciembre de 2017, se adquieren por la Gerencia de Atención Primaria del SCS un total de 22 ecógrafos a las empresas Sakura y Esaote España SA. La compra se divide en dos lotes, cada uno de ellos destinado a la compra de once ecógrafos, y dentro de cada lote se divide en once sublotes que constituyen once contratos menores. Uno de estos lotes se adjudica a la empresa Esaote España SA, que suministra ecógrafos un precio individual de 13.908,95 euros cada ecógrafo, abonándose a esta empresa la cantidad total de 152.998,45 euros mediante la figura del contrato menor. El otro lote compuesto de once contratos menores, se adjudica a la empresa Sakura SA por un precio individual de 12.584 euros cada ecógrafo, lo que supone el abono a esta empresa de la suma total de 138.424 euros, también mediante la figura del contrato menor», detalla el tribunal.
Según el auto, el informe definitivo de la Intervención General concluye que no se justificó debidamente el expediente, los motivos de la división inicial en dos lotes, ni que sean objeto de aprovechamiento separado. Este informe también dice que la Subdirección de Gestión Económica no era competente para autorizar la operación.
Contra este auto que ordena la transformación de las diligencias en procedimiento abreviado cabe recurso, y de hecho ya está recurrido. Además, la juez determina que se dé traslado de las diligencias previas a la Fiscalía y a las acusaciones para que presenten escrito de acusación y pidan la apertura de juicio oral (la opción elegida), o bien soliciten el sobreseimiento.
La causa la puso en marcha el PP, que denunció ante el Ministerio Público una serie de hechos relacionados con contrataciones en el Servicio Cántabro de Salud que podían suponer, a su juicio, varios delitos.
Por su parte, la titular del Juzgado de Instrucción número 5 cree que el exgerente del Servicio Cántabro de Salud , Julián Pérez Gil, al que también se acusaba en la causa, no ha cometido delitos y acuerda el sobreseimiento provisional .
A principios del pasado año la instructora ya acordó el sobreseimiento provisional de la investigación respecto al exgerente (que también dimitió como consecuencia de la investigación), porque no veía acreditado el fraccionamiento de contratos en las obras en el Hospital Virtual de Valdecilla que se le achacaba .
Ese archivo provisional fue recurrido y a raíz de ello la Audiencia ordenó que el SCS informara sobre si hubo un convenio entre administraciones para asumir las obras del Hospital Virtual de Valdecilla. Con la respuesta ya dada, la juez mantiene que no se ha acreditado prevaricación en este caso .
Por eso dictamina el sobreseimiento provisional de la causa para Pérez Gil y también para el ex subdirector de Gestión Económica respecto a esos hechos concretos del Hospital Virtual.
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