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La defensa de Carmen Merino, acusada de decapitar a su novio en su domicilio de Castro Urdiales en 2019, quiere echar por tierra el informe ... de la Guardia Civil en el que se concluye que su cliente es la responsable de la muerte de Jesús Mari Baranda. En la vista de cuestiones previas al juicio con tribunal del jurado (aún por determinar), celebrada esta mañana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial y presidida por el magistrado Agustín Alonso, la letrada de Merino ha reclamado que se exclusa del procedimiento dicho informe, que, por otro lado, es en el que se apoyan tanto el fiscal como la acusación particular para solicitar 25 años de cárcel y prisión permanente revisable, respectivamente, a la encausada, en prisión provisional desde septiembre de 2019. Si bien es cierto que las conclusiones de los agentes tienen su base en las numerosas periciales que se han ido practicando durante más de dos años de instrucción.
«No se trata de un informe de inteligencia, sino un informe de valoración de la prueba, que sustituye la labor del tribunal del jurado», defendió la letrada de la defensa, al tiempo que afirmó que el tribunal ya va a disponer de una serie de periciales específicas propuestas por todas las partes sobre vestigios biológicos, intervenciones telefónicas, geolocalización de móviles... «Sustituir con este informe la labor del jurado cercena el derecho de defensa de esta parte. No es una prueba de inteligencia como las que se realizan en casos de terrorismo islamista, sobre yihadismo, bandas organizadas».
La abogada de Merino no entiende que los investigadores hagan valoraciones en su informe tales como «que todas las coartadas y declaraciones de la acusada se han demostrado clara y evidentemente falsas, que las comprobaciones telefónicas demuestran indiscutiblemente que los teléfonos estaban en posesión de la investigada, que intentó sacar dinero del cajero ineludiblemente, que las circunstancias concretas revelan la premeditación de los actos de la investigada para la muerte y destrucción del cadáver, los medios concretos de destrucción del cadáver y el móvil económico...». «Son una serie de elucubraciones absolutamente inaceptables», lamenta la letrada, en un procedimiento «en el que se solicita a mi defendida la prisión permanente por parte de la acusación particular».
La defensa de Merino califica de «informe de opiniones» las conclusiones de los agentes policiales, que «son opinadores, muy respetables para sus periciales, pero no para opinar en una investigación y hacer una valoración de la prueba que debe realizarse en el juicio con jurado». De lo contrario, «no sé qué hacemos aquí, si los agentes de la Policía son los que van a valorar la prueba y van a decir que inexorablemente es culpable». «En el informe dicen dónde se hizo, cómo se hizo, las circunstancias concretas y la responsabilidad criminal, incluso la calificación como premeditación y alevosía. Si van a ir opinadores de todo tipo esta defensa se reserva el derecho a llevar un criminólogo, un investigador privado y un fiscal en excedencia para realizar opiniones respecto de la prueba. Esto convertiría el proceso penal y el juicio de valoración de la prueba en un circo». Ante esto, esta parte entiende que toda la prueba no debe admitirse y «hay que sacarla del proceso».
Sin embargo, tanto el representante del Ministerio Público como la de la acusación particular se han opuesto a esta petición. En su caso, el fiscal defiende que este informe o pericial forma parte de este tipo de pruebas de inteligencia policial, «por ser un asunto tan complejo como este (de mas de 4.000 folios) en el que toda la prueba es indiciaria, ya que no hay testigos directos del suceso sino que todo se ha ido investigando a partir de vestigios objetivos, ya sean biológicos o electrónicos». De su lado, la letrada de la acusación particular ha defendido que «debe predominar y no debe cuestionarse la imparcialidad de los agentes que tienen unos conocimientos específicos en la materia» y que esa prueba policial, como cualquier otra, alcance una serie de conclusiones «que deberán ser examinadas junto con el resto de pruebas para que el jurado alcance un veredicto».
Además de solicitar la impugnación de este informe, la defensa de la acusada ha solicitado un informe sobre los efectos del diazepam (somnífero) en función de la cantidad suministrada, ya que fue lo que Merino utilizó supuestamente para acabar con la vida de su novio (la autopsia del cráneo dio positivo en esta sustancia pero sin concretar la cantidad).
Del mismo modo, la letrada ha pedido una pericial sonora relacionada con el ruido de una motosierra que habría adquirido su patrocinada para descuartizar el cuerpo de Jesús Mari en el domicilio en el que residían ambos, en la calle Padre Basabe de Castro. Vivienda que la defensa plantea que el jurado inspeccione durante el juicio al ser el lugar donde los agentes creen que se cometió el crimen, aunque no han aparecido restos de sangre de la víctima.
Por otro lado, ha solicitado una prueba de ADN de la caja donde apareció el cráneo del fallecido y donde se encontraron huellas de la acusada en una de las bolsas de basura que envolvía los restos de Jesús Mari, además de la prueba caligráfica que ya pidió la acusación particular y que fue rechazada en varias ocasiones, para saber quién realizó el autodefinido que apareció en una hoja de periódico en esa misma caja. «Queremos que se coteje con la letra de la acusada y de la mujer que descubrió el cráneo. ¿Cómo no va a ser esclarecedor saber quién escribió el papel que envolvía el cráneo?».
En este punto sí estuvo de acuerdo la abogada de la acusación particular, pero no en el sentido de cotejar dicha letra con la de la amiga de Merino, «sobre la que no se ha sospechado en ningún momento de la investigación». En cambio, el fiscal ha considerado que no procede después de haberse descartado en varias ocasiones «ya que hay otras pruebas como las huellas de las bolsas que envolvían el cráneo».
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