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La Audiencia Provincial de Cantabria ha rechazado la petición de ingreso en prisión provisional y, subsidiariamente, la orden de alejamiento que solicitaron los familiares de Florentino Gómez 'Floren' ... , el ciclista que perdió la vida el pasado 11 de febrero tras ser atropellado, frente a A. A. C., el conductor investigado por estos hechos. Sin embargo, ha acordado la retirada del carné de conducir del encausado, atendiendo así a la petición de la acusación particular, a la que se adhirió el representante del Ministerio Fiscal.
En un auto notificado este viernes, al que ha tenido acceso El Diario Montañés, la Sección Primera deja claro que «hay indicios racionales sobrados» de participación del investigado en los hechos y de que «abandonó el lugar sin prestar asistencia» a la víctima. No obstante, coincide con el instructor del caso en que no se cumple ninguno de los presupuestos para la adopción de la prisión provisional.
«No entendemos que vistas las circunstancias personales del investigado, con arraigo en nuestra provincia, quepa hablar de riesgo de fuga. Tampoco de que pueda alterar las pruebas, más aún cuando se han efectuado las diligencias precisas por la Policía para la realización del atestado y la comprobación de datos y de las circunstancias técnicas para la determinación del desarrollo del fatal atropello», apunta el tribunal.
Tampoco cabe hablar, según la Sala, de que A. A. C. «pueda atentar contra los familiares del fallecido». «No hay ninguna razón seria que permita ni siquiera hacer tal inferencia; como tampoco la hay de que pueda continuar realizando actos delictivos, visto que se trata de un delincuente primario y que el riesgo de que pueda cometer otros delitos con un vehículo de motor es posible conjurarlo por otros medios menos gravosas».
Para la Sala tampoco cabe acoger la medida de alejamiento solicitada por la familia, que hace apenas una semana presentó un escrito en el que denunciaba dos episodios de supuesto acoso por parte del conductor en el supermercado en el que trabaja una de las familiares del fallecido. El tribunal rechaza esta petición porque «no concurren los presupuestos que establece el artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) y que persigue la protección de la víctima (ya fallecida)». Además, considera que «no existe esa situación de riesgo y de necesaria protección de la seguridad de los recurrentes. Ni siquiera se ha acreditado, pese a su facilidad mediante la reproducción videográfica, que haya habido un encuentro entre ellos».
Por el contrario, y compartiendo el criterio del Ministerio Fiscal, la Sala cree que es procedente, conforme a los artículos 764.4 y 526 de la Lecrim, acordar como medida cautelar la privación del permiso de conducir del investigado en tanto dure el procedimiento y hasta que se dicte sentencia firme. «Existen fuertes indicios de responsabilidad respecto a los hechos enjuiciados constitutivos, en principio, de delitos contra la seguridad vial, de homicidio por imprudencia y de omisión de socorro».
Según apunta el tribunal en su auto, «el riesgo se concretó ya en la muerte de una persona». «La conducción del investigado supone un riesgo grave y un peligro para la vida e integridad física de otros usuarios de la vía. Por ello y, en aras a evitar la reiteración de conductas como la acontecida, procede la retirada cautelar del permiso de conducir».
Los familiares de la víctima se mostraban ayer satisfechos por esta ultima decisión de la Sala, pero no estaban conformes con la negativa a imponer una orden de alejamiento al investigado. Y es que hace tan solo unos días la hija del ciclista fallecido, Estefanía Gómez, relataba a este periódico que la situación en la que se encuentra la familia en estos momentos es «insostenible». «Que maten a tu padre y encima tengas que aguantar que el autor se ríe de nosotros y va a increparnos a nuestro lugar de trabajo... Es muy duro», apuntaba. «Es una situación muy complicada. Ha llegado a pasar hasta por debajo de mi ventana. Me han tenido que subir la dosis de mi tratamiento porque estoy fatal».
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