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La Audiencia Provincial de Cantabria ya está dictando las primeras sentencias favorables a los afectados por el 'phishing' (suplantación de identidad) de Unicaja, que proliferaron hace dos veranos, en 2022, y a los que en primera instancia les están dando la razón en la mayoría de los casos.
Una de las primeras sentencias dictadas por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cantabria (Civil) corresponde a una clienta del abogado Juanma Brun, especializado en Derecho Financiero y de los Consumidores y que representa a un centenar de afectados por este tipo de estafa.
En este caso le estafaron 5.000 euros y en primera instancia condenaron a Unicaja Banco (antigua Liberbank) al reembolso de dicha cantidad más los intereses legales.
Los hechos se remontan al 25 mayo de 2022, cuando la demandante descargó en su móvil la aplicación de Unicaja y recibió en su móvil un mensaje de texto: «Un dispositivo no autorizado está conectado a su banca online, sino lo reconoce verifique inmediatamente en htpps:// Liberbank.portalusuario.rul». En la creencia de que dicho mensaje lo enviaba su banco, la mujer pulsó el enlace, abriéndose una página, aparentemente, de banca electrónica de Unicaja. Introdujo sus datos e inmediatamente le llegó un mensaje que le indicaba que debía introducir una clave de seguridad para finalizar la vinculación de dispositivo a banca digital. Ahí se le fueron los 5.000 euros.
Disconforme con la sentencia que le ordenaba reponer ese dinero, Unicaja recurrió en apelación. No negaba que estábamos ante un fraude, pero defendía que la clienta no actuó con la diligencia debida, «facilitó los datos e información necesaria para que el fraude se consumase».
Sin embargo, el hecho de pinchar en el link, después de recibir un mensaje de que un dispositivo no autorizado está conectado a su banca online y que debía acceder a una pagina web concreta «no implica que actuase con negligencia grave», según la sentencia de instancia que ahora confirma la Audiencia. «Igualmente, el hecho de introducir la clave que le manda la entidad bancaria para vincular su dispositivo a banca digital no puede considerarse una negligencia grave, cuando la actora pensó que era necesario introducir dicha clave para vincular su teléfono y no otro que le habían comunicado pretendía acceder a su banca digital». Es más, «en ningún caso esta clienta fue consciente que la introducir esa clave estaba autorizando al banco a realizar una transferencia desde un dispositivo móvil distinto al que había autorizado. Inmediatamente después de conocer la transferencia puso una denuncia tanto ante la entidad bancaria como ante la Policía nacional», según ha quedado probado.
El abogado Brun apunta que en otro caso similar la Audiencia ha dado la razón al banco, pero cree que es un caso excepcional puesto que en primera instancia están ganando el «90% de las demandas presentadas». «He presentado unas 80 y tengo pendiente una veintena y por el momento han resuelto unas 55 de las cuáles 50 han sido favorables», explica el letrado, que apunta que la mayoría de estafas son de unos 2.000 euros, pero hay alguna que alcanza los 30.000.
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