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Los ayuntamientos no podrán echar mano de los remanentes que tienen de años anteriores para implantar medidas de apoyo a sus administrados y así pagar los planes de ayuda que pondrán en marcha para ayudar a empresas y vecinos, afectados por la paralización de ... la actividad que conlleva el estado de alarma. Así se lo ha comunicado la Consejería de Presidencia a los consistorios, a los que ha enviado un informe técnico en el que se reflejan las limitaciones impuestas por la Administración del Estado para que los municipios no se endeuden. De momento, solo se les permite destinar el superávit de 2019 a la lucha contra las consecuencias del Covid-19.
El Gobierno de la nación ha aprobado en los últimos días dos reales decretos para fijar límites y Paula Fernández, consejera de Presidencia, ha recordado las condiciones a los ayuntamientos cántabros pese a que no está de acuerdo con las medidas del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Fernández cree que las normas son «muy restrictivas», dado que se mantiene la aplicación de la ley de estabilidad presupuestaria y la prohibición de incurrir en déficit. Que apenas se permita recurrir al superávit de 2019 es, a sus ojos, «totalmente insuficiente ante la crisis que estamos viviendo», porque esto niega la posibilidad a los ayuntamientos de gastar el remanente que es, a juicio de la consejera, «el verdadero ahorro de las entidades locales.
Paula Fernández
Los ayuntamientos de la región tienen en el banco alrededor de 467 millones de euros que se han visto obligados a ahorrar en los últimos años y, recientemente, desde el propio Gobierno cántabro (apoyado por el Parlamento) se demandó al Ministerio de Hacienda un cambio normativo que permitiría invertir casi 100 millones al año, entendiendo que sería una medida para la reactivación de la economía. La petición no tuvo resultados prácticos.
El Ejecutivo cántabro vuelve a defender ahora, en un momento de enorme crisis económica asociada a la crisis sanitaria, la flexibilización de los requisitos para todas las entidades locales con el fin de que reinviertan sus ahorros en atender a la población más vulnerable, dado que es la Administración pública más cercana y la mejor conocedora de las necesidades de la población. «Los ayuntamientos son imprescindibles para recuperar la normalidad y minimizar el impacto de esta emergencia social», ha defendido la consejera.
En su opinión, con los requisitos actuales resultará «muy complicado» para los ayuntamientos participar de forma importante en la gestión de la crisis del Covid-19, a pesar de contar con ahorros y de haber asumido gastos imposibles de prever. Fernández ha ofrecido a las entidades locales asesoramiento técnico y jurídico para «sumar esfuerzos» en este objetivo. Los ayuntamientos cántabros «saben que tienen todo el apoyo del Gobierno de Cantabria para conseguir los cambios legales y el asesoramiento necesarios», ha manifestado.
En primer lugar, en los documentos enviados a los ayuntamientos, la consejera ha recordado la vigencia de la ley de estabilidad presupuestaria, a través de la cual las entidades locales deberán destinar su superávit a reducir el endeudamiento neto.
Excepcionalmente, en 2020, podrán destinar parcialmente su superávit a las actuaciones destinadas a paliar las consecuencias sociales del coronavirus y deberán de cumplir varios requisitos, como no superar los límites en las operaciones de endeudamiento de la legislación de haciendas locales.
Asimismo, los ayuntamientos deben de tener de forma simultánea superávit en el ejercicio anterior en términos de contabilidad nacional y remanente de tesorería positivo para gastos generales. También se exige que el periodo medio del pago a los proveedores no supere el máximo previsto por la normativa sobre morosidad. En todo caso, la corporación local no podrá incurrir en déficit en el presente ejercicio 2020.
Además, existen limitaciones en el importe del superávit que pueden destinar los ayuntamientos para hacer frente a las consecuencias del Covid-19. En este punto, el real decreto del Estado fija un límite máximo del 20 por ciento del importe resultante del superávit, tras hacer frente a las obligaciones pendientes del pago de proveedores del ejercicio anterior o amortizar operaciones de endeudamiento vigentes para no incurrir en déficit.
Finalmente, para la aplicación de este superávit, las entidades locales deberán aprobar la modificación del presupuesto de 2020 mediante crédito extraordinario o suplemento de crédito, financiado con el remanente líquido de tesorería. Esta modificación se tramitará por decreto del presidente de la corporación y posteriormente será objeto de convalidación por el pleno del Ayuntamiento.
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