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El Gobierno relaja la normativa sobre seguros de la polémica Ley de Espectáculos
Cantabria ·
Se abre la posibilidad de que los seguros incluyan una franquicia de hasta un máximo de 10.000 euros, relajando así uno de los requisitos que exigía la LeySecciones
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Se abre la posibilidad de que los seguros incluyan una franquicia de hasta un máximo de 10.000 euros, relajando así uno de los requisitos que exigía la LeyEl consejo del Gobierno ha aprobado, después de más de dos años de la puesta en marcha la polémica Ley de Espectáculos de Cantabria, el decreto que regula el seguro obligatorio de responsabilidad civil y la acreditación de las condiciones técnicas en ... materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, puntualizando así algunos aspectos que no quedaron recogidos explícitamente en la ley.
Primero se desarrolló el decreto de los horarios de cierre de los bares y establecimientos hosteleros. Ahora, el Gobierno da un paso más y aprueba este nuevo decreto, que regulará los requisitos del seguro obligatorio de responsabilidad civil que tienen que suscribir las empresas organizadoras de espectáculos públicos y actividades recreativas. Unos requisitos que dependen del aforo del establecimiento donde se celebren, fijándose una cuantía mínima cuando son en la calle y el aforo es indeterminado. «Esto, sobre todo da una seguridad jurídica a todos los organizadores, grandes y pequeños y a los ayuntamientos», destaca Jezabel Morán, directora General de Interior y responsable de las competencias de la comunidad autónoma en materia de Juego y de Espectáculos.
El desarrollo de esta norma, que comenzó a proyectarse el pasado año para relajar la rigidez de la Ley de Espectáculos, servirá para que los organizadores no se encuentren con tantos problemas a la hora de cumplir unos requisitos que en ocasiones han resultado inalcanzables. La Ley de Cantabria 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria, en su artículo 15 exige la obligatoriedad de que los titulares de establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables o, en su caso, los organizadores de espectáculos y actividades recreativas tengan un seguro de responsabilidad civil por si llegan a producirse daños a los propios organizadores o a terceros. Ese artículo decía que el Gobierno de Cantabria podía establecer reglamentariamente otras condiciones para la póliza. Antes de la aprobación del nuevo decreto, el capital mínimo que debían cubrir las pólizas de seguros estaba relacionado con el límite de aforo autorizado, sin ningún tipo de franquicia.
Con el desarrollo del nuevo decreto se pretende resolver las características de las pólizas de seguros. Antes sólo se daba respuesta a los seguros referentes a establecimientos públicos o a las instalaciones portátiles o desmontables en los que se pudiera cuantificar el aforo, pero dejaba fuera a los espectáculos celebrados en espacios abiertos en los que los aforos son indeterminados. Esa disposición no permitía ningún tipo de franquicia, lo que encarecía muchísimo el precio de las pólizas. La normativa aprobada ahora por el Consejo de Gobierno detalla y clarifica la contratación de las pólizas de seguros, vinculando las condiciones mínimas exigibles a los seguros de responsabilidad civil con el aforo del lugar donde se celebren», explica Morán, que piensa que «la nueva norma favorecerá a todos los organizadores, tanto los que montan espectáculos para miles de personas como los que organizan las fiestas de un pueblo».
En este sentido, también hay que tener en cuenta que la delimitación de los efectos de un contrato de seguro de responsabilidad civil resulta más fácil en los casos en que los espectáculos se celebran en establecimientos con aforo determinado en vez de los espacios abiertos. Por tal motivo, se ha establecido una cuantía mínima para dichos casos. Se abre la posibilidad de que los seguros incluyan una franquicia de hasta un máximo de 10.000 euros, relajando así uno de los requisitos que exigía la Ley de Espectáculos (se decía inicialmente que los seguros serían sin franquicia). Muy sonado fue el caso de las fiestas de Cueto de 2018. La asociación vecinal renunció a organizarlas por la cantidad de requisitos que se le exigía. Tener un seguro de responsabilidad civil sin franquicia, algo que resultaba carísimo para una asociación de barrio como la de Cueto, y que además que ese seguro no detallase qué cubría, fue la mayor traba que se encontraron los organizadores de las fiestas de San Pablo. Incluso el día Día Infantil de Cantabria de 2018 se vio salpicado por la polémica Ley de Espectáculos. Se quedó sin el momento solemne del izado de la bandera de Cantabria, ya que la asociación que organiza la jornada festiva (ADIC) no pudo cumplir los requisitos para poner el mástil sobre el que ondeara la enseña.
Este decreto, además, va a facilitar a los organizadores la acreditación de las condiciones técnicas de seguridad, de salubridad e higiene y de accesibilidad exigidas en el artículo 13 de la Ley para los establecimientos públicos y las instalaciones portátiles o desmontables donde se desarrollen espectáculos públicos o actividades recreativa.
A partir de ahora, en el caso de que un ayuntamiento no cuente con normas municipales propias en esta materia, se aplicará este decreto. Para confeccionar esta norma, la Consejería de Presidencia mantuvo reuniones y encuentros con todos ayuntamientos para «intercambiar experiencias» y «aclarar aspectos técnicos muy concretos» referidos a la contratación del seguro, al uso de pirotecnia, la identificación de organizadores y la documentación requerida para determinadas instalaciones portátiles y pruebas deportivas, entre otras cosas.
Ahora, el siguiente paso con el que el Gobierno pretende completar la Ley de Espectáculos será, según Jezabel Morán, la regulación de las pruebas deportivas, la de un registro de espectáculos públicos y también está pendiente una normativa que regule la inspección de los eventos.
Y los organizadores ¿qué dicen de todo esto? Por el momento, quieren enterarse bien de qué va este nuevo decreto para poder valorarlo. Jesús Maestegui, responsable de la prueba deportiva Los 10.000 del Soplao, señala que tendrá que estudiar bien esta nueva norma y ver en qué nos afecta. No obstante sí asegura que «cualquier avance en la regulación de los seguros de las pruebas es bueno para todos. A veces contratas seguros que no sabes bien lo que te pueden llegar a cubrir. Estás expuesto a que suceda algo y no estar respaldado jurídicamente». Los organizadores de la prueba de Cabezón de la Sal nunca han tenido problemas para cumplir los requisitos que exige la Ley de Espectáculos en lo que se refiere a la contratación de seguros de responsabilidad civil, pero a partir de ahora todo estará más claro. Lo que sí preocupa a Maestegui, y para ello solicita ayuda, es poder organizar el próximo año la prueba de ruta adaptada, destinada a personas con discapacidad. «Hasta ahora ha sido la Federación de Atletismo la que ha avalado la celebración de esta prueba porque no existe ninguna federación de deporte amateur para personas con discapacidad. Y esto nos está creando un problema a la hora de conseguir los permisos exigidos por la Ley de Espectáculos, pero es que no podemos dejar sin ella a tantas personas que hacen esta prueba cada año».
Guillermo de la Vega, responsable de la productora Mouro y organizador de conciertos, es consciente de la aprobación de la nueva norma, pero prefiere no hacer declaraciones «hasta que no hayamos estudiado en profundidad el decreto y hayamos analizado cómo nos afecta a la hora de organizar los eventos a los que nos dedicamos».
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