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Los comercios de Cantabria abrirán siete domingos en 2024 además de los días festivos de Jueves Santo (28 de marzo), la Asunción (15 de agosto) y el Pilar (12 de octubre). Así lo establece la orden publicada ayer por la Consejería de Industria, Empleo, Innovación ... y Comercio en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). Los domingos de apertura serán el 7 de enero, el 21 y 28 de julio, el 4 de agosto y el 1, 22 y 29 de diciembre. Un calendario que no ha gustado a los sindicatos porque aseguran que «impide la conciliación».
El consejero del ramo, Eduardo Arasti, destacó ayer que la medida ha sido consensuada con el sector de la distribución para elegir los días más adecuados «tanto para la actividad comercial como para el consumidor, para atender y respetar los criterios establecidos en la Ley del Comercio de Cantabria». En cambio, tanto CC OO como UGT criticaron que la apertura de estos diez días «vuelve a impedir la conciliación de la vida laboral y familiar de 30.000 personas, y también su derecho al descanso».
La Consejería insistió a través de un comunicado que los criterios cumplen con la normativa legal. Uno de ellos es la apertura en al menos un día festivo cuando se produce la coincidencia de dos o más días festivos seguidos, como ocurre el 12 de octubre, que cae en sábado.
En lo que respecta a la apertura de domingos y festivos en periodos de campañas, explica el Ejecutivo, «se ha optado por el 1 de diciembre al coincidir con la campaña del 'black friday'».
Para la secretaria general de la Federación de Servicios de Comisiones Obreras, Marta Careaga, «las aperturas dominicales solamente se fijan a merced de los supuestos intereses económicos de los establecimientos comerciales y no hay ninguna consideración hacia las personas que trabajan en ellos y que también tienen derecho a descansar en festivo o en domingo».
Por su parte, para UGT «es más de lo mismo porque, como en años anteriores, las aperturas van a provocar que sus plantillas no puedan disfrutar con sus familias de domingos y puentes festivos como los demás trabajadores».
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