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La Comisión Regional de Ética del PSOE ha rechazado el recurso presentado por la candidatura de Susana Herrán contra su decisión de anular los votos de la agrupación de Cartes en las recientes elecciones de delegados al Comité Federal del partido, al detectarse irregularidades ... en aquella mesa.
La invalidación de los resultados en el centro de votación de Cartes, tras la impugnación realizada por los responsables de la lista oficialista, encabezada por Pablo Zuloaga, supuso que éste se proclamara vencedor por un estrechísimo margen de dos votos, cuando el primer recuento, que incluía también esa mesa, daba la victoria a su oponente, la lista de la alcaldesa de Castro Urdiales.
La candidatura alternativa de Herrán recurrió esta resolución, sosteniendo, entre otros argumentos, que un defecto de forma como el detectado en Cartes no era causa suficiente para anular todos los votos de la mesa, considerando además que es más importante respetar «la voluntad de la militancia».
El problema a que se hace referencia se resume en que una de las vocales del centro de votación de Cartes no figuraba como dada de alta en el partido, un requisito inexcusable. Según el equipo de Herrán, la presencia de esa persona, que «ni votó ni participó» fue irrelevante en cuanto al resultado electoral, por lo que la anulación de los votos de todos los militantes de la localidad por ese motivo carecería de sentido.
La respuesta del Comité Regional de Ética rebate punto por punto los razonamientos de la candidatura de Herrán –teniendo también en cuenta que aceptarlos supondría reconocer que se había equivocado en su decisión anterior–, y mantiene que «el hecho de que en la conformación de la mesa y desarrollo de la votación participara activamente quien no poseía los requisitos para ello, deslegitima el proceso». Así, recuerda que esa persona perdió su condición de militante del partido tras comunicar su baja en el PSOE el pasado 9 de octubre, «por lo que, siendo requisito la militancia para poder formar parte de la mesa, la misma no quedó correctamente constituida, ni las actas correctamente rubricadas». Hay que señalar que en ningún caso el Comité Regional de Ética pone en duda la limpieza en el recuento de votos.
Igualmente, este órgano del PSOE cántabro niega que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relativa a la conservación de los actos electorales, impida la anulación de los resultados de la mesa, como se planteó en el recurso de la lista de Herrán. Indica el Comité que las asociaciones privadas, como los partidos políticos, quedan fuera del ámbito de aplicación de estos principios. «Nos encontramos ante unas elecciones internas de un partido político que, como tal, no deja de ser una asociación privada, la cual, en palabras del Tribunal Constitucional, debe tener una estructura interna y funcionamiento democráticos, pero siempre permitiéndose una amplia disponibilidad por parte de sus estatutos y normativa interna».
A la candidatura de la regidora castreña le queda ahora una sola baza por jugar, elevando su recurso –tiene 24 horas de plazo–, casi con idénticos argumentos, a la Comisión Federal de Ética y Garantías, de Madrid, que será la que zanje la disputa de forma definitiva.
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