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El titular del Juzgado de lo Contencioso Nº1 de Santander, Juan Varea, ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a indemnizar con 113.109 euros al marido y al hijo de una mujer de 81 años, que falleció por mala praxis médica en el ... Hospital de Laredo tras una intervención por cáncer de colon.
En una sentencia emitida el pasado 21 de enero, a la que ha tenido acceso El Diario Montañés, el magistrado estima parcialmente la demanda presentada por los familiares de la víctima –asesorados por el despacho de Abogados Gómez Menchaca (Bilbao)–, que reclamaba una indemnización de 175.521 euros por responsabilidad patrimonial.
Según recogían en su demanda, la víctima ingresó el 28 de enero de 2022 en el Hospital de Laredo para la realización de una hemicolectomía por laparoscopia programada por neoplasia de colon derecho. Tras la intervención sufrió una hemorragia. Como no se pudo detener se le practicó una segunda intervención de urgencias y se le encontró una isquemia intestinal masiva que abarcaba todo el colon transverso, izquierdo, sigma e intestino delgado. Una situación irreversible, que generó el fallecimiento.
Los demandantes consideran que la segunda intervención no estaba indicada y que no se realizó ninguna prueba para encontrar la causa de esa hemorragia.
Por su parte, el SCS defendió la corrección de la intervención médica y la inexistencia de mala praxis, achacando a la edad de la paciente y su estado el resultado de muerte.
Sin embargo, el perito judicial en el que apoya el juez su decisión detecta varias anomalías, señalando que la causa de la hemorragia masiva fue «el defectuoso manejo de la anticoagulación que tenía pautada la paciente».
En su opinión, el seguimiento y control tras la operación «no fueron adecuados» debido a este factor de anticoagulación. «La actuación médica se centró en una sospecha de sangrado en la anastomosis (extirpación del recto), que debió ser descartada por los síntomas del paciente. Debió practicarse un TAC que habría facilitado el diagnóstico de las posibles causas y modificar el pronóstico. La segunda intervención fue tardía e innecesaria». «Los anticoagulantes orales debieron ser reintroducidos ya que, entre la suspensión y la intervención quirúrgica, medió cerca de mes y medio y esa intervención no era inminente. La suspensión de ese tratamiento facilitó la formación y suelta de trombos que generaron obstrucción».
Para el perito judicial el desenlace fatal de este caso es consecuencia principalmente de «una obstinación por mantenerse en un planteamiento diagnóstico inicial erróneo y por una falta de determinación para solicitar pruebas diagnósticas en ningún momento del curso evolutivo de proceso, inacción que facilitó el desencadenamiento de un shock séptico secundario, igualmente desapercibido y, por tanto, no tratado…». «(...) A mi modo de ver, se podría considerar perfectamente una mala praxis esta falta de actitud para detectar e intentar modificar el curso catastrófico de estos procesos, lo que hubiera requerido de la utilización de recursos disponibles, como son la realización de un TAC y de analíticas, más frecuentes y completas, al tiempo que se han de extremar las medidas para intentar revertir el cuadro de shock, la primera de las cuales ha de ser la de trasladar a la enferma a la Unidad de Reanimación/UCI».
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